Boletín Oficial de la República Argentina · 09 Sep 2026 · 1 vistas
El Ejecutivo rechaza el recurso de un agente en disponibilidad
Por FactBox Admin

El Poder Ejecutivo Nacional rechazó el recurso jerárquico interpuesto por el agente Martín Sebastián Cuñarro contra su pase a disponibilidad, dispuesto por la Resolución del Ministerio de Capital Humano N° 126/25. La decisión quedó formalizada en el Decreto 950/2026, firmado el 8 de septiembre de 2026 por el presidente Javier Milei y la ministra Sandra Pettovello, y publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina del 9 de septiembre de 2026.
Con el dictado de esta medida, la administración considera agotada la vía administrativa y deja expedita la acción judicial, que el agente podrá interponer dentro de los 180 días hábiles judiciales contados desde la notificación.
El caso del agente Cuñarro
Cuñarro revistaba en un cargo de la planta permanente Nivel B, Grado 7, Agrupamiento General, Tramo Intermedio del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08. Fue designado por el Decreto N° 2786/15 en el entonces Ministerio de Desarrollo Social y promovido al Nivel B por la Resolución N° 2428/23.
Su pase a disponibilidad por seis (6) meses se dispuso como consecuencia de la supresión de unidades organizativas del Ministerio de Capital Humano ordenada por el Decreto N° 151/25. El agente prestaba servicios en la entonces Dirección de Logística de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, unidad afectada por la reestructuración.
Los argumentos del recurrente
En su recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, Cuñarro sostuvo que el acto que dispuso su pase a disponibilidad era ilegítimo e inválido y planteó la inconstitucionalidad de los artículos 11 y 14 del Anexo de la Ley N° 25.164, por considerarlos contrarios al artículo 14 bis de la Constitución Nacional. También pidió su reubicación en otras áreas de la administración.
El Ejecutivo rechazó esos planteos. Sobre la inconstitucionalidad, recordó la doctrina de la Procuración del Tesoro de la Nación según la cual el control de constitucionalidad de las leyes es facultad privativa del Poder Judicial. Además, la Oficina Nacional de Empleo Público, órgano rector en la materia, confirmó que la jurisdicción de origen cumplió el procedimiento previsto por la Resolución N° 1/24 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública.
El marco normativo de la disponibilidad
La Ley N° 25.164 (Marco de Regulación de Empleo Público Nacional) establece que el personal estable afectado por medidas de reestructuración que impliquen supresión de órganos o reducción de la dotación óptima queda automáticamente en disponibilidad por un máximo de doce (12) meses. La norma fue reglamentada por el Decreto N° 1421/02.
- El pase a disponibilidad se aplicó por seis (6) meses.
- Cumplido el término sin nueva relación laboral, el agente queda desvinculado y percibe una indemnización de un (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres (3) meses.
- El recurso de reconsideración ya había sido rechazado por la Resolución del Ministerio de Capital Humano N° 711/25.
La decisión publicada hoy se inscribe en un proceso de reestructuración que afecta a decenas de empleados de planta permanente del Ministerio de Capital Humano, cuyos recursos administrativos están siendo resueltos de forma individual por el Ejecutivo. Para los agentes alcanzados, el agotamiento de la vía administrativa abre la puerta a la revisión judicial de sus casos, en un contexto de reorganización del Estado que sigue generando litigiosidad.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 9 de septiembre de 2026, sección Primera (referencia oficial: Decreto 950/2026 — DECTO-2026-950-APN-PTE).