Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 28 Aug 2026 · 4 vistas
El Berguedà abre las ayudas de comedor y transporte escolar 2026-27
Por FactBox Admin

El Consell Comarcal del Berguedà ha abierto la convocatoria de ayudas individuales de comedor escolar, desplazamiento obligatorio y transporte escolar no obligatorio para el curso 2026-2027. Las bases y convocatorias, aprobadas por acuerdo del Consell de Presidència del 8 de abril de 2026, se publican en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona (BOPB) del 28 de agosto de 2026, en la sección de anuncios.
Las ayudas van dirigidas al alumnado de enseñanzas obligatorias y de educación infantil de centros educativos sufragados con fondos públicos de la comarca, y se financian con fondos del Departament d’Educació i Formació Professional de la Generalitat de Catalunya y con fondos propios del Consell Comarcal. Los documentos, firmados por el secretario accidental Xavier Cobos Guixé el 26 de agosto, se publican íntegramente en el BOPB.
Cuatro convocatorias para el curso 2026-2027
El Consell Comarcal ha publicado cuatro textos normativos que regulan los diferentes servicios escolares:
- Ayudas individuales de comedor escolar (expediente 557/2026, CVE 202610135814, núm. 2026-0039), para alumnado de segundo y tercero de primer ciclo de infantil y de segundo ciclo de infantil y enseñanzas obligatorias.
- Ayudas individuales de desplazamiento obligatorio (expediente 558/2026, CVE 202610135812, núm. 2026-0036), para el alumnado que no tiene oferta educativa en su municipio.
- Servicio de transporte escolar no obligatorio (expediente 559/2026, CVE 202610135811, núm. 2026-0038), según las rutas establecidas por el Consell Comarcal.
- Servicios de transporte escolar colectivo gratuito y comedor escolar preceptivo (expediente 560/2026, CVE 202610135810, núm. 2026-0037), para el alumnado obligado a desplazarse fuera de su municipio.
Requisitos y cuantías de las ayudas
Para optar a las ayudas de comedor, el alumnado debe residir en Cataluña, estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos del Berguedà y hacer uso del servicio de comedor. Las ayudas se conceden en función de la renta familiar y de la situación socioeconómica:
- Ayuda del 70% del coste del servicio de comedor, si la renta familiar no supera el umbral establecido.
- Ayuda del 100% para el tramo garantizado, cuando la renta no supera el 60% del umbral del 70%.
- Ayuda del 100% para el alumnado con discapacidad acreditada igual o superior al 33%, con un umbral de renta de 2,5 veces el del tramo del 70%.
En el caso de las ayudas de desplazamiento obligatorio, la distancia desde el domicilio hasta el centro escolar o hasta la parada más cercana de transporte colectivo debe ser como mínimo de 3 km en un solo sentido. Estas ayudas se regulan por el Decreto 161/1996, de 14 de mayo, mientras que el comedor preceptivo se rige por el Decreto 160/1996.
Plazos y precios del transporte no obligatorio
El plazo ordinario de presentación de solicitudes fue del 11 al 31 de mayo de 2026, y las solicitudes sobrevenidas se pueden presentar a partir del 1 de junio de 2026. Las solicitudes se formalizan telemáticamente a través de la web del Consejo Comarcal (www.bergueda.cat), con una solicitud por alumno.
El servicio de transporte escolar no obligatorio tiene un coste de:
- 1,5 € por día por alumno.
- 1 € por día para el segundo hermano.
- 0,5 € por día a partir del tercer hermano.
El importe se debe pagar por adelantado, en un único pago como máximo el 1 de septiembre de 2026 o por trimestres (1 de septiembre de 2026, 15 de diciembre de 2026 y 16 de marzo de 2027), mediante ingreso en la cuenta de La Caixa a nombre del Consejo Comarcal.
Impacto para las familias
Estas convocatorias tienen un impacto directo en las familias del Berguedà con hijos en edad escolar, especialmente en aquellas con rentas más bajas o con alumnado obligado a desplazarse fuera de su municipio por falta de oferta educativa. Las ayudas están sujetas a concurrencia competitiva y a la disponibilidad presupuestaria, condicionada a la adenda económica que autoriza el Departamento de Educación y Formación Profesional según el Acuerdo GOV/80/2023, de 4 de abril, de delegación de competencias a los consejos comarcales.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, núm. 2026-0039, 28 d’agost de 2026, secció ANUNCIS (referència oficial: CVE 202610135814, expedient 557/2026).