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BOP de Badajoz · 27 Aug 2026 · 9 vistas

El Ayuntamiento de Aljucén deroga provisionalmente el impuesto de plusvalía

Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Aljucén ha aprobado provisionalmente la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), el conocido como impuesto de plusvalía municipal. El acuerdo, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 21 de agosto de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 164, de 27 de agosto de 2026, mediante el anuncio 3393/2026.

La tramitación se ampara en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Conforme a este precepto, la aprobación provisional se somete a información pública para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

El expediente de derogación ha sido instruido por los servicios competentes de la entidad, y la decisión corresponde al Pleno municipal, que es el órgano con competencia para modificar o suprimir las ordenanzas fiscales locales.

Plazo de alegaciones

Se convoca un plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el boletín oficial, es decir, desde el 28 de agosto de 2026. Durante este periodo, el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales y estará también a disposición en la sede electrónica del Ayuntamiento.

  • Plazo de alegaciones: 30 días desde el 28 de agosto de 2026.
  • Consulta presencial: dependencias municipales del Ayuntamiento de Aljucén.
  • Consulta telemática: sede electrónica del Ayuntamiento.

Efectos de la derogación

Si transcurrido el plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente. La derogación de la ordenanza supondrá la supresión del gravamen sobre las transmisiones de terrenos de naturaleza urbana en el municipio, con el consiguiente impacto en la recaudación municipal y en las operaciones inmobiliarias que se realicen en Aljucén.

La medida se enmarca en la tendencia de numerosos municipios españoles a eliminar o modular este tributo, cuestionado en los últimos años por la jurisprudencia y por su aplicación en supuestos de pérdida patrimonial.

Relevancia para los vecinos

La supresión de la plusvalía municipal afecta directamente a cualquier vecino o empresa que transmita un terreno urbano en Aljucén, ya que dejará de tributar por el incremento de valor en la venta o cesión de inmuebles. La decisión, una vez firme, aliviará la carga fiscal de las operaciones inmobiliarias en el municipio, aunque supondrá una menor recaudación para las arcas locales que deberá compensarse con otras fuentes de ingresos.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 164, 27 de agosto de 2026, Administración Local (referencia oficial: anuncio 3393/2026).