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BOP de Ourense · 03 Nov 2026 · 7 vistas

Diputación de Ourense: 30 días para alegar a la tasa de residuos

Por FactBox Admin

Deputación de Ourense: 30 días para alegar á taxa de residuos

La Deputación Provincial de Ourense aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa provincial por la prestación del servicio intermunicipal delegado de recogida, transporte y tratamiento de residuos de competencia local. El acuerdo lo adoptó la Corporación Provincial en la sesión del 30 de octubre de 2026 y se publica en el BOP de Ourense del 3 de noviembre de 2026, ya abierto a información pública durante 30 días hábiles.

El anuncio, firmado por el presidente Luis Menor Pérez y registrado con el número R. 2.623, somete el acuerdo al trámite previsto en el artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de haciendas locales. La norma afecta a la tasa que percibe la institución provincial por prestar, en régimen de competencia delegada y con carácter intermunicipal, los servicios de recogida, transporte y tratamiento de los residuos de competencia local.

La aprobación se produjo en una sesión plenaria con más carga fiscal: en la misma jornada, la Corporación dio luz verde inicial al expediente número 9/2026 de modificación de créditos presupuestarios (R. 2.622), consistente en suplementos de crédito, créditos extraordinarios y la modificación del anexo IV de las bases de ejecución del presupuesto vigente, financiado con mayores ingresos recaudados. Ese expediente se expone al público por 15 días hábiles, la mitad del plazo que ahora se abre para la tasa de residuos.

El trámite de exposición pública

A partir de la publicación en el boletín provincial, cualquier persona interesada puede examinar el expediente y presentar las reclamaciones que considere oportunas. El calendario y los canales fijados en el anuncio son estos:

  • Plazo: treinta (30) días hábiles de información pública.
  • Publicidad del acuerdo: inserción de anuncios en el BOP de Ourense, en la sede electrónica de la Deputación Provincial de Ourense y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia.
  • Legitimación: todas las personas interesadas, que podrán formular reclamaciones dentro del mencionado plazo.
  • Órgano competente para resolverlas: el Pleno de la Corporación Provincial, mediante acuerdo de aprobación definitiva.

La modificación afecta directamente a las entidades locales de la provincia que tienen delegada en la Deputación la gestión de los residuos de competencia local a través del servicio intermunicipal, ya que la ordenanza regula la tasa que se les aplica por ese servicio.

Qué pasa si no hay alegaciones

El anuncio es explícito sobre el escenario sin reclamaciones: si no se presenta ninguna dentro del plazo, el acuerdo de aprobación inicial pasará a ser definitivo sin necesidad de un acuerdo plenario expreso. Es decir, la redacción aprobada el 30 de octubre quedaría consolidada de forma automática al finalizar el período de exposición, sin una votación adicional del Pleno.

En caso contrario, si se formulan reclamaciones, estas deberán ser resueltas por el Pleno de la Corporación Provincial a través del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva, lo que abre una segunda fase de decisión política sobre el texto de la tasa.

Marco normativo

La tramitación se apoya en el artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, norma que regula el procedimiento de aprobación y modificación de las ordenanzas fiscales y de las tasas locales. Bajo ese marco, la aprobación inicial no cierra el texto: lo abre a un período de exposición que es, en la práctica, la única oportunidad de alegaciones antes de que la ordenanza quede definitivamente aprobada.

El anuncio lleva la fecha de Ourense, 30 de octubre de 2026, y la firma del presidente de la institución provincial.

La relevancia de la noticia está en el calendario: los ayuntamientos adheridos al servicio intermunicipal y los contribuyentes que lo financian tienen 30 días hábiles, contados desde la publicación en el boletín, para revisar e impugnar la modificación de la tasa antes de que quede definitiva, sin margen para un nuevo trámite de audiencia.


Fuente: BOP de Ourense, 3 de noviembre de 2026, sección I. Diputación Provincial de Ourense (referencia oficial: R. 2.623, edicto 353140).