Registro Oficial del Ecuador · 14 Sep 2026 · 4 vistas
Defensa reforma el acuerdo de delegaciones de las Fuerzas Armadas
Por FactBox Admin

El Ministerio de Defensa Nacional reformó el Acuerdo Ministerial Nº 132 de 02 de abril de 2025, que establecía el régimen de delegaciones de la Cartera de Estado, mediante el Acuerdo Ministerial Nº 327, publicado en el Registro Oficial Nº 368 de Quito, lunes 14 de septiembre de 2026. La norma fue suscrita por el ministro de Defensa Nacional, Gian Carlo Loffredo Rendón, y entra en vigencia desde su suscripción.
La reforma responde a la necesidad de adecuar la distribución de competencias del Ministerio a la normativa vigente, en particular tras la expedición de la Ley Orgánica reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (publicada el 07 de octubre de 2025) y del Reglamento General de dicha ley, reformado por el Decreto Ejecutivo Nº 461 de 29 de julio de 2026. El objetivo declarado es fortalecer la desconcentración administrativa, evitar la duplicidad o superposición de competencias y garantizar que las decisiones sean adoptadas por las autoridades expresamente delegadas.
Nuevas delegaciones al viceministro de Defensa
El Acuerdo agrega un artículo 1.A que delega al viceministro de Defensa Nacional atribuciones sobre los bienes inmuebles de la Cartera de Estado y de las Fuerzas Armadas:
- Autorizar y disponer procedimientos de comodato o préstamo de uso, transferencia gratuita, donación, remate, compraventa, permuta, traspaso y arrendamiento de inmuebles.
- Suscribir las actas de entrega-recepción y las escrituras públicas e instrumentos legales necesarios.
- Integrar y presidir el Sistema de Organización Marítima Nacional (SOMANA).
Contratación pública y personal docente
Se reforma el artículo 23 y el Anexo I para actualizar las delegaciones en materia de contratación pública, incluyendo la revisión, autorización, adjudicación y suscripción de contratos, así como la resolución de recursos de apelación. Se incorpora además un artículo 21.A que delega al director general de Talento Humano de las Fuerzas Terrestre, Naval y Aérea la gestión y suscripción de los actos relativos a la contratación de personal docente bajo el régimen de la Ley Orgánica de Educación Superior.
La Disposición General Séptima reformada establece que, para contrataciones de régimen especial y en el extranjero superiores a USD 540.945,26, el jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los comandantes generales podrán solicitar al ministro una delegación expresa, previo informe del coordinador general de Contratación de Bienes Estratégicos.
Derogatoria y disposiciones transitorias
El Acuerdo deroga el Acuerdo Ministerial Nº 427 de 12 de noviembre de 2025 y ratifica la derogación del Acuerdo Ministerial Nº 077 de 23 de febrero de 2024. Se eliminan los numerales 8 y 9 del artículo 1 del Acuerdo Nº 132. Las disposiciones transitorias precisan que los procedimientos precontractuales iniciados antes de la vigencia de la Ley Orgánica de Integridad Pública (26 de junio de 2025) se sujetarán a la normativa anterior hasta un plazo máximo de sesenta días, y que los procesos iniciados al amparo de acuerdos anteriores se sustanciarán hasta su finalización conforme a las disposiciones vigentes en dichos instrumentos.
La reforma actualiza el marco de delegaciones de la Defensa Nacional a la nueva legislación de contratación pública e integridad, con impacto directo en la gestión administrativa de las Fuerzas Armadas y en la agilidad de los procesos de contratación y administración de bienes del Estado.
Fuente: Registro Oficial del Ecuador, Nº 368, Quito, lunes 14 de septiembre de 2026, págs. 1-8 (referencia oficial: Acuerdo Ministerial Nº 327).