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Diario Oficial de Extremadura · 29 Sep 2026 · 19 vistas

Declaración ambiental favorable para transformar 294 hectáreas de olivar en regadío

Por FactBox Admin

Declaración ambiental favorable para transformar 294 hectáreas de olivar en regadío

La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal ha formulado declaración de impacto ambiental favorable al proyecto de transformación de secano en regadío de 294,42 hectáreas para plantación de olivar superintensivo y alcornoque en la finca “Mesas del Romeral”, en Arroyomolinos (Cáceres). La resolución, de 15 de septiembre de 2026, se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) n.º 188, de 29 de septiembre de 2026, con referencia oficial 2026062420 y expediente IA24/2260.

El proyecto se tramita por el procedimiento ordinario de evaluación ambiental al estar incluido en el grupo 1, epígrafe c) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en el anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de Extremadura. El órgano ambiental actúa conforme al artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, de estructura orgánica básica de la Administración extremeña, y depende de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio. El promotor es D. Ramón Saavedra Silva.

Una finca de 326 hectáreas colindante con Cornalvo

La actuación se localiza en el paraje “Mesas del Romeral”, en el límite sur del término municipal de Arroyomolinos, sobre las parcelas 6, 7 y 10006 del polígono 13, con una superficie total de 326,0754 hectáreas según el SIGPAC. De ellas se transformarán a regadío 294,42 hectáreas y quedarán sin transformar 31,6257 hectáreas.

El reparto de cultivos previsto es el siguiente:

  • Olivar superintensivo: 195,36 hectáreas, con marco de plantación de 4,5 x 1,3 metros y 1.709 plantas por hectárea.
  • Alcornoque intensivo: 99,06 hectáreas, con marco de 6 x 6 metros y 277 plantas por hectárea.

La finca no está incluida en ningún espacio natural protegido ni en la Red Natura 2000, pero linda por el oeste con el Parque Natural de Cornalvo y con la ZEPA-ZEC “Embalse de Cornalvo y Sierra Bermeja”. La declaración obliga a respetar una franja de 20 metros sin transformar en esa linde, a mantener la cubierta vegetal en las calles de plantación y a dejar 8 metros de radio libre de cultivo alrededor de encinas y alcornoques existentes.

Riego desde el Canal de Orellana con 734.670 metros cúbicos al año

El agua procederá de una toma en el Canal de Orellana, en el término municipal de Guareña (Badajoz), y se almacenará en dos balsas de regulación intercomunicadas de 91.923 y 79.970 metros cúbicos, consideradas pequeñas presas. El volumen solicitado asciende a 734.670 metros cúbicos anuales: 586.080 para el olivar (3.000 m³/ha-año) y 148.590 para el alcornoque (1.500 m³/ha-año).

La concesión de aguas superficiales está en tramitación ante la Confederación Hidrográfica del Guadiana con el número de expediente CONC. 63/18 (2600/2018), solicitada el 28 de diciembre de 2018. El organismo de cuenca informó de que existen recursos hídricos suficientes y de que la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico del Guadiana, aunque la ejecución no podrá comenzar sin la resolución concesional previa.

Sin alegaciones y con condiciones ambientales

La información pública del estudio de impacto ambiental se publicó en el DOE n.º 74, de 16 de abril de 2025, y no se recibieron alegaciones. Se consultó a las administraciones afectadas desde el 7 de abril de 2025, con informes de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, el Ayuntamiento de Santa Amalia, el Ayuntamiento de Mérida, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, entre otros. Las organizaciones ambientales consultadas —Ecologistas en Acción, ADENEX, SEO/BirdLife, Greenpeace, AMUS y la Fundación Naturaleza y Hombre— no respondieron.

El condicionado exige designar un coordinador ambiental, elaborar un plan de vigilancia antes de las obras, informes mensuales durante la construcción e informes anuales en la explotación, y medidas preventivas arqueológicas por la cercanía de yacimientos como El Confesionario o La Parrilla. También obliga a tramitar el cambio de uso forestal a agrícola de las superficies con uso FO del SIGPAC y a instalar un contador de los caudales realmente captados. No se creará comisión de seguimiento.

La declaración ambiental favorable permite desbloquear una inversión agraria de gran superficie en la comarca, pero su eficacia queda supeditada a la concesión de aguas del Guadiana y a un condicionado ambiental extenso. La resolución subraya además un efecto positivo: el alcornocal pasará de 37,61 a 99,06 hectáreas, un incremento de 61,46 hectáreas de terreno forestal. La declaración perderá su vigencia si no se inicia la ejecución del proyecto en el plazo de cuatro años desde su publicación.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n.º 188, de 29 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062420).