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JORF · 12 Sep 2026 · 5 vistas

Desminador de la seguridad civil: nuevas condiciones de acceso a la profesión

Por FactBox Admin

Démineur de la sécurité civile : nouvelles conditions d'accès au métier

El Ministerio del Interior publica en el JORF n°0213 del 12 de septiembre de 2026 la orden del 1 de septiembre de 2026 relativa a las condiciones de acceso y ejercicio de la función de desminador de la seguridad civil (NOR INTE2623252A). El texto reorganiza completamente el proceso de reclutamiento y cualificación de los desminadores asignados a la subdirección de desminado de la dirección general de seguridad civil y gestión de crisis. Sustituye al dispositivo anterior derivado de la orden del 2 de septiembre de 2005 modificada.

Un reclutamiento ampliado a la policía nacional y a los militares

Pueden presentarse como candidatos a la función de desminador de la seguridad civil el personal activo de la policía nacional mencionado en el artículo L. 411-2 del código de seguridad interior, así como los militares o antiguos militares candidatos a una acogida en el seno de la policía nacional en aplicación del artículo L. 4139-2 del código de defensa. Nadie podrá ser nombrado desminador pasante sin cumplir las condiciones de aptitud médica, física y psíquica definidas por la orden del 2 de septiembre de 2005 y la orden del 25 de noviembre de 2022.

El subdirector de desminado establece la lista de candidatos elegibles para las pruebas de preselección, basándose en los expedientes de candidatura cuyas modalidades se fijan mediante instrucción del director general de seguridad civil y gestión de crisis.

Una selección en dos etapas

La prueba de preselección se compone de dos exámenes distintos:

  • una prueba destinada a verificar las aptitudes físicas así como las capacidades de reflexión, análisis y argumentación, eliminatoria por debajo de 12 sobre 20;
  • una prueba psicológica, dirigida por un psicólogo de la dirección general de la policía nacional, encargado de dar fe de la aptitud del candidato.

Los candidatos que hayan superado estas pruebas se presentan posteriormente a la prueba única de selección, que consiste en una entrevista con un jurado. El jurado establece la lista, por orden de mérito, de los candidatos seleccionados para el acceso a la función. Los militares o antiguos militares seleccionados se integran en la formación, pero deben asegurarse de cumplir, al finalizar la misma, las condiciones de acogida en el seno de la policía nacional.

Una formación en dos periodos probatorios

La cualificación profesional de desminador se otorga al finalizar dos periodos probatorios:

  • un primer periodo denominado «de formación», con una duración de 16 meses;
  • un segundo periodo denominado «de profesionalización», con una duración de 18 meses, prorrogable por un año mediante decisión del director general de seguridad civil y gestión de crisis.

Durante su formación, el desminador en prácticas debe obtener una licencia relativa al transporte por carretera de mercancías peligrosas de clase 1, un certificado de aptitud para manipular aparatos de radiología industrial (CAMARI) y un certificado de primeros auxilios ciudadanos (PSC). En caso de suspender, el alumno se reincorpora a su servicio de origen, salvo autorización única del subdirector de desminado por razones graves o excepcionales.

La cualificación de jefe desminador

El desminador que no disponga de la cualificación de jefe desminador solo podrá intervenir bajo la responsabilidad de un titular de dicha cualificación para las intervenciones más complejas. El jefe desminador, habilitado para intervenir en todos los ámbitos de la subdirección de desminado, supervisa estas intervenciones por decisión del jefe de centro. El acceso a esta cualificación se realiza mediante una convocatoria de candidaturas, un expediente y una formación cuyas modalidades están definidas por instrucción.

Cada cualificación es objeto de un mantenimiento obligatorio de los conocimientos operativos, que tiene lugar entre el cuarto y el sexto año posterior a su obtención.

Una reforma de la trayectoria profesional

Este decreto unifica la trayectoria de los desminadores de la seguridad civil en torno a un tronco común de cualificación, abriendo al mismo tiempo el reclutamiento a los militares y asegurando la reincorporación de los agentes que hayan dejado el servicio. Para los candidatos, introduce un proceso de selección más exigente y una formación prolongada, avalada por certificados especializados. Para los ciudadanos, garantiza un nivel de competencia homogéneo y reforzado de los equipos encargados de las intervenciones de desminado en todo el territorio.

Fuente : Decreto del 1 de septiembre de 2026 relativo a las condiciones de acceso y ejercicio de la función de desminador de la seguridad civil, NOR INTE2623252A, publicado en el JORF n°0213 del 12 de septiembre de 2026.