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Registro Oficial del Ecuador · 28 Oct 2026 · 4 vistas

Correos del Ecuador pagará multa municipal de 23.500 dólares en Guayaquil

Por FactBox Admin

Correos del Ecuador pagará multa municipal de 23.500 dólares en Guayaquil

La Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P. en Liquidación pagará el saldo pendiente de la multa de USD 23.500 que le impuso la Comisaría Municipal Resolutoria del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil. Así lo dispone la Resolución Nro. CDE-EP-LQ-2026-014-R, suscrita el 8 de mayo de 2026 en Quito y publicada en el Registro Oficial, Suplemento Nº 399, del miércoles 28 de octubre de 2026, en la sección de documentos oficiales (pág. 34). El pago se ordena sin que constituya aceptación de la sanción, y la entidad anuncia que acudirá a la vía judicial.

El origen de la sanción municipal

La multa nace de la Resolución Nro. CMR-GADM-G-2025-425, del 3 de septiembre de 2025, emitida por el comisario resolutor multicompetente José Mario Valencia Cetre, que declaró con responsabilidad a la empresa pública por contravenir el Art. 104.1, literal a), de la Ordenanza General de Edificaciones. La infracción se vincula al predio de propiedad de la entidad ubicado en la ciudadela Sauces VII, parroquia urbana Tarqui, con código catastral 90.1703-001-00-0. El monto equivale a 50 salarios básicos unificados.

Posteriormente, la Resolución Nro. DAG-AAA-2026-026, del 4 de mayo de 2026, suscrita por Justyn Nathaly Canales Cevallos, delegada de la máxima autoridad administrativa municipal, ratificó la sanción y ordenó imputar lo ya cancelado por la administrada al total de la multa, con la obligación de cubrir el saldo conforme a derecho.

Pago bajo protesta y saldo certificado

El marco administrativo de la decisión lo integran el informe Nro. CDE-LIQ-PJ-2026-012, del 5 de mayo de 2026, de la procuradora judicial María Belén Cabrera, y el memorando Nro. CDE-EP-LIQ-AEMA-2026-037-M, del 7 de mayo, de la liquidadora Alexandra Muñoz. Ambos recomendaron cancelar bajo protesta y reservarse las acciones legales.

  • Valor de la multa impuesta: USD 23.500 (50 salarios básicos unificados).
  • Saldo certificado para pago: USD 23.101,84, según certificación presupuestaria del 8 de mayo de 2026.
  • Informe financiero previo: suscrito por Marco Cedeño, coordinador administrativo financiero; Erik Ávila, contador, y Luis Simbaña, de Tesorería.
  • Acto que ejecuta el pago: Resolución Nro. CDE-EP-LQ-2026-014-R, del 8 de mayo de 2026.

Impugnación ante el Tribunal Distrital

El artículo segundo de la resolución dispone que la Procuraduría y el área jurídica de la entidad impugnen la Resolución Nro. CMR-GADM-G-2025-425 y la Resolución Nro. DAG-AAA-2026-026 ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo y demás instancias competentes. La empresa se reserva expresamente el derecho a solicitar la restitución de los valores pagados.

El texto también deja constancia de que el desembolso “no constituye aceptación, reconocimiento ni renuncia” a las acciones legales, y encarga a la Fedataria Temporal Elizabeth Sandoval M. tramitar su publicación en el Registro Oficial para fines de publicidad y eficacia jurídica.

Una empresa en proceso de extinción

Correos del Ecuador fue declarada extinguida mediante el Decreto Ejecutivo No. 1056, del 19 de mayo de 2020, y su plazo de liquidación fue ampliado hasta el 30 de junio de 2026 por el Decreto Ejecutivo 26, del 26 de diciembre de 2025, suscrito por el presidente Daniel Noboa Azín. La liquidadora Alexandra Estefanía Muñoz Amán fue designada mediante la Resolución No. DIR-CDE.EP.L-06-2025, del 8 de diciembre de 2025, en sustitución de Iván Aurelio Del Pozo Alzamora.

La resolución la firma además Jaqueline Vargas Camacho como directora (E) de la entidad, y se dictó en ejercicio de las atribuciones del artículo 59 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas.

El caso muestra cómo una empresa pública en liquidación debe honrar sanciones administrativas locales antes de cerrar sus registros, aun cuando las considere ilegales o desproporcionadas: paga primero y litiga después. Para los guayaquileños, el expediente confirma que las multas de la Comisaría Municipal por infracciones a la Ordenanza General de Edificaciones se ejecutan también contra entidades del Estado en disolución, y que el desenlace de la impugnación podría abrir la puerta a una devolución de recursos públicos.


Fuente: Registro Oficial, Suplemento Nº 399, 28 de octubre de 2026, pág. 34 (referencia oficial: Resolución Nro. CDE-EP-LQ-2026-014-R).