BOP de Albacete · 28 Sep 2026 · 4 vistas
Corral Rubio aprueba la ordenanza definitiva de su coworking rural
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Corral Rubio ha elevado a definitiva la ordenanza que regula el uso y funcionamiento del espacio de trabajo colaborativo y de emprendimiento municipal Coworking Rural Corral Rubio, después de que no se presentara ninguna reclamación durante el plazo de exposición pública. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 113, de 28 de septiembre de 2026, Sección tercera (Administración Local), páginas 53 a 56, con la referencia 23.776.
El acuerdo provisional lo adoptó el Pleno del Ayuntamiento de Corral Rubio en sesión extraordinaria del 20 de febrero de 2026, y el anuncio de exposición al público se publicó en el BOP número 85, de 24 de julio de 2026. Al no haberse presentado reclamaciones, el acuerdo queda automáticamente elevado a definitivo en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. La ordenanza entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el boletín y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma norma. Contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación.
Un espacio público y gratuito contra la despoblación
El preámbulo enmarca la norma en las actuaciones de impulso y apoyo a proyectos singulares de transformación territorial que reviertan la despoblación. El Coworking Rural Corral Rubio se define como un espacio físico de titularidad pública municipal para la promoción del empleo y el autoempleo, situado en la calle Siberia, número 3 de la localidad, y su uso es gratuito salvo nueva organización por parte del Ayuntamiento de Corral Rubio. La gestión corresponde al propio consistorio.
Entre los fines declarados figuran favorecer el nacimiento, arranque y consolidación de nuevas empresas, generar empleo, diversificar la estructura productiva local, fomentar la cultura emprendedora en el municipio y la comarca, apoyar la competitividad de las empresas locales, impulsar la digitalización de los negocios y tramitar posibles ayudas y subvenciones.
Nueve puestos, dos salas y horario partido
Las instalaciones descritas en el artículo 6 son:
- Dos salas, una de trabajo y otra de reuniones.
- Cinco puestos de ordenador fijos.
- Acceso a conexión wifi, servicio y calefacción.
El artículo 9 añade que se ofertarán 9 puestos en total: 5 con ordenadores fijos y 4 para usuarios que aporten su propio ordenador portátil. El horario general, en días laborables, es de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00 horas; los fines de semana se podrá acceder con reserva previa dentro de esa misma franja, respetando los festivos nacionales, autonómicos y locales.
Quién puede usar el espacio y con qué condiciones
Podrán ser usuarios, según el artículo 5:
- Personas con intención de desarrollar proyectos e iniciativas de desarrollo local.
- Emprendedores, autónomos o representantes de pequeñas y medianas empresas.
- Personas que teletrabajen por cuenta ajena.
- Interesados en asesoramiento empresarial, planes de marketing digital, digitalización de negocios o formación online.
Las solicitudes se presentan mediante formulario en el propio coworking, junto con la documentación requerida, para el uso del espacio, el asesoramiento de Agentes de Desarrollo Local, la sala de reuniones o la instalación de equipamiento adicional. Los usuarios deben hacer un uso adecuado de las instalaciones y seguir las indicaciones de los responsables, y responden de los daños causados por un mal uso. La norma prohíbe las actividades distintas de las empresariales o formativas sin autorización expresa, la introducción de animales —salvo perros guía— y de material peligroso, y reserva al ayuntamiento el derecho de admisión. Una disposición adicional regula el tratamiento de los datos personales de las personas empresarias y emprendedoras alojadas, incorporados a un fichero titularidad del Ayuntamiento de Corral Rubio.
La entrada en vigor de la ordenanza dota de marco jurídico estable a un servicio gratuito concebido para fijar población y actividad económica en un municipio pequeño. Emprendedores, autónomos y teletrabajadores de dentro y fuera de la localidad dispondrán de nueve puestos, asesoramiento público y conexión a internet en la calle Siberia, número 3.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 113, 28 de septiembre de 2026, Sección tercera. Administración Local, págs. 53-56 (referencia oficial: 23.776).