Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 17 Sep 2026 · 7 vistas
Consell declara parque natural la Sierra de Escalona y Dehesa de Campoamor
Por FactBox Admin

El Consell ha declarado parque natural la Sierra de Escalona y la Dehesa de Campoamor, en la comarca de la Vega Baja, mediante el Decreto 137/2026, de 11 de septiembre. La norma se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 10453, de 17 de septiembre de 2026, sección I, con la referencia DOGV-C-2026-28621, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación.
El decreto, a propuesta del vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, Vicente Martínez Mus, y firmado por el president de la Generalitat, Juan Francisco Pérez Llorca, establece un régimen especial de protección al amparo de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana. El ámbito declarado coincide con la zona I de alto valor ambiental del Plan de ordenación de los recursos naturales (PORN) y abarca 9.004,10 hectáreas repartidas entre los términos municipales de Orihuela, San Miguel de Salinas y Pilar de la Horadada.
La declaración deroga el Decreto 190/2018, de 19 de octubre, que había otorgado a la sierra la figura de paisaje protegido, y eleva el nivel de protección del espacio en cumplimiento del principio de no regresión ambiental.
Un ámbito de 9.004 hectáreas en tres municipios
El parque natural comprende la zona I de alto valor ambiental del PORN, con una extensión de 9.004,10 hectáreas en Orihuela, San Miguel de Salinas y Pilar de la Horadada. El decreto declara además área de influencia socioeconómica el conjunto de los tres términos municipales, conforme al artículo 21 de la Ley 11/1994.
El espacio se sitúa en la cuenca neógena del mar Menor y alberga matorral mediterráneo con pinares sobre areniscas, vegetación rupícola y comunidades de ramblas y cursos fluviales. Entre su flora destacan especies como Bupleurum gibraltaricum y Helianthemum caputfelis.
Protección reforzada y usos del suelo
Los usos y aprovechamientos del suelo y de los restantes recursos naturales, así como las actividades económicas y sociales vinculadas, deberán realizarse de acuerdo con las normas y directrices de ordenación y gestión del PORN. El régimen de protección persigue identificar y georreferenciar los elementos significativos del patrimonio natural, definir su estado de conservación y fijar la capacidad e intensidad de uso del territorio.
El texto subraya la compatibilidad con el desarrollo socioeconómico rural sostenible y con las actividades tradicionales. El régimen sancionador aplicable será el previsto en los artículos 52 a 61 de la Ley 11/1994.
Junta Rectora, gestión y financiación
Se crea la Junta Rectora del parque como órgano colegiado consultivo, asesor y de participación, presidido de forma nata por el conseller competente en medio ambiente. Entre sus miembros figuran representantes de:
- La conselleria competente en materia de medio ambiente.
- Las consellerias de agricultura, pesca y alimentación; infraestructuras, transporte y urbanismo; y turismo.
- La Diputación Provincial de Alicante y la Confederación Hidrográfica del Segura.
- Los ayuntamientos de Orihuela, San Miguel de Salinas y Pilar de la Horadada.
- Las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana, las universidades de la provincia de Alicante, las asociaciones conservacionistas, los titulares de cotos y los propietarios de los tres municipios.
La gestión corresponde a la dirección general competente en materia de espacios naturales, y la conselleria elaborará un plan rector de uso y gestión. La norma no supondrá incremento en los capítulos de gasto de la conselleria de medio ambiente.
Antecedentes y figuras europeas
La tramitación arrancó con la Orden 7/2017, de 16 de febrero, que inició el PORN, y continuó con la Orden 9/2023, de 5 de mayo, que acordó iniciar el procedimiento de declaración. El Decreto 31/2026, de 27 de febrero, aprobó el PORN y propuso que el parque natural coincidiera con su zona I.
El territorio está incluido en la Red Natura 2000 como lugar de importancia comunitaria LIC ES5212012 y zona de especial protección para las aves ZEPA ES0000464. Alberga una de las mejores poblaciones del sudeste ibérico de tejón y es área de dispersión del águila perdicera (Aquila fasciata), catalogada en peligro de extinción.
La declaración eleva la protección de un enclave clave de la Vega Baja y condiciona desde ahora los usos agrarios, urbanísticos y recreativos en los tres municipios afectados, al tiempo que crea un órgano de participación con presencia de propietarios, ayuntamientos y entidades conservacionistas.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10453, de 17 de septiembre de 2026, sección I. Disposiciones Generales, pág. 1 (referencia oficial: DOGV-C-2026-28621).