La Gaceta — Diario Oficial · 02 Sep 2026 · 1 vistas
Concesión minera de 225 hectáreas en Kukra Hill a Cukra Development
Por FactBox Admin

El Estado de Nicaragua, a través de la Dirección General de Minas de la Procuraduría General de Justicia, otorgó a la empresa Cukra Development Corporation, S.A. una concesión minera de 25 años sobre el lote denominado El Almendro, de 225,03 hectáreas, ubicado en el municipio de Kukra Hill, en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur (RACCS). El título se publica en La Gaceta, Diario Oficial, número 163, del miércoles 2 de septiembre de 2026, página 8880.
La concesión, identificada como Título de Concesión Minera No. 049-PGJ-DGM-2026, fue firmada el 14 de mayo de 2026 por el Director General de Minas, Norman Henríquez Blandón, y certificada el 2 de julio de 2026. La empresa está representada legalmente por el ingeniero Pedro José Lacayo Reyes.
Marco normativo
El otorgamiento se sustenta en la Ley No. 387, “Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas”, y su reglamento, el Decreto No. 119-2001. La Dirección General de Minas actúa conforme a la Ley No. 1275, “Ley para Adscribir la Dirección General de Minas a la Procuraduría General de Justicia”, publicada en La Gaceta número 27 del 12 de febrero de 2026.
El procedimiento contó con el Dictamen Catastral Minero No. MEM-DGM-RCM-183-12-2025, de 9 de diciembre de 2025, que verificó las coordenadas del polígono en sistema UTM, NAD 27, Zona 16N, y con la aprobación del Concejo Regional de la RACCS.
Obligaciones del concesionario
El titular queda sujeto al pago de derechos de vigencia o superficiales, que escalan desde 0,25 dólares por hectárea el primer año hasta 12 dólares por hectárea a partir del undécimo año, y a una regalía del 3% sobre el valor de las sustancias extraídas.
- Derechos de vigencia: pagos semestrales, entre el 1 y 30 de enero y entre el 1 y 30 de julio de cada año.
- Regalía del 3%: con informe mensual de producción dentro de los primeros quince días del mes siguiente.
- Pagos en moneda nacional al tipo de cambio oficial vigente, enterados en la Administración de Rentas correspondiente.
- Información anual a la Dirección General de Minas-PGJ sobre sus actividades.
Plazos y requisitos ambientales
El concesionario deberá iniciar actividades de exploración en un plazo no mayor de cuatro años desde el otorgamiento, prorrogables por un año más, conforme al artículo 30 del Decreto 119-2001. Antes de iniciar operaciones deberá presentar el Permiso Ambiental emitido por la autoridad correspondiente.
La aceptación íntegra del título debe publicarse en La Gaceta e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad dentro de los treinta días siguientes, remitiendo copia a la Dirección General de Minas-PGJ, según el artículo 40 del Decreto 119-2001. La vigencia del título inicia con la fecha de su certificación.
Impacto para la Costa Caribe
La concesión consolida la presencia del sector extractivo en la Costa Caribe Sur, una región de alto valor estratégico para Nicaragua. Las regalías y derechos de vigencia representan ingresos recurrentes para el Estado, mientras que las obligaciones ambientales y de información buscan garantizar un aprovechamiento ordenado de los recursos minerales del lote El Almendro.
Fuente: La Gaceta, Diario Oficial, No. 163, 2 de septiembre de 2026, pág. 8880 (referencia oficial: Título de Concesión Minera No. 049-PGJ-DGM-2026).