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La Gaceta — Diario Oficial · 08 Oct 2026 · 15 vistas

COMEX reduce a 83 el empleo comprometido de Alimentos Kamuk

Por FactBox Admin

COMEX reduce a 83 el empleo comprometido de Alimentos Kamuk

El Poder Ejecutivo rebajó a 83 trabajadores el nivel mínimo de empleo comprometido por Alimentos Kamuk Internacional (Costa Rica) Sociedad Anónima en el Régimen de Zonas Francas y amplió hasta julio de 2027 el plazo para completar su inversión inicial. La decisión se formalizó en el acuerdo ejecutivo N° ACU-RZF-0058-2026-COMEX, firmado el 21 de julio de 2026 y publicado en La Gaceta N° 190 del jueves 8 de octubre de 2026, dentro de los Acuerdos del Poder Ejecutivo.

La modificación reforma el Acuerdo Ejecutivo N° 216-2023 del 4 de julio de 2023, publicado en La Gaceta N° 146 del 11 de agosto de 2023, que otorgó a la compañía —cédula jurídica 3-101-031116— los beneficios e incentivos de la Ley N° 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, bajo la categoría de industria procesadora, conforme al artículo 17 inciso f) de esa norma. El acuerdo fue suscrito por Alexander Astorga Monge por delegación de la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, y por la ministra de Comercio Exterior, Indiana Trejos Gallo.

La solicitud la presentó la empresa ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) los días 19 y 28 de mayo y 3 de junio de 2026, al amparo del artículo 7 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, que permite pedir una ampliación de un año del plazo para completar la inversión inicial. La Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER emitió el informe N° 182-2026 y recomendó al Poder Ejecutivo aprobar la modificación.

Los nuevos compromisos de la empresa

  • Nivel mínimo total de empleo: 83 trabajadores, a partir de la notificación del acuerdo.
  • Inversión de al menos US$6.595.645,00 (seis millones quinientos noventa y cinco mil seiscientos cuarenta y cinco dólares), a partir del 27 de julio de 2023.
  • Inversión nueva adicional en activos fijos nuevos de al menos US$607.161,00, a más tardar el 27 de julio de 2027.
  • Nivel de inversión total de al menos US$7.202.806,00 (siete millones doscientos dos mil ochocientos seis dólares).
  • Cumplimiento del porcentaje de Valor Agregado Nacional (VAN) en los términos del Reglamento.

Los motivos alegados por la compañía

La empresa sostuvo que la solicitud “no responde a una decisión estratégica orientada a reducir la planilla” ni constituye un instrumento para evadir compromisos laborales o dejar de contratar. Atribuyó la reducción involuntaria del empleo a la apreciación del colón costarricense, a los cambios en la política arancelaria de los Estados Unidos y a la consecuente contracción de las ventas, factores que habrían reducido los ingresos disponibles para sostener la planilla comprometida originalmente.

Según la compañía, la modificación busca adecuar el parámetro comprometido a la realidad operacional actual y permitir que la empresa opere en cumplimiento formal de sus obligaciones mientras avanza hacia la recuperación y el crecimiento.

El criterio de PROCOMER y del Ministerio

El Ministerio de Comercio Exterior recordó, mediante el oficio DM-911-1 del 26 de septiembre de 2001, que PROCOMER debe valorar factores dinámicos y cambiantes del entorno empresarial, así como el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa.

El acuerdo se dictó con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 6227, la Ley N° 7210, la Ley N° 7638 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H. La firma presidencial se delegó mediante el Acuerdo N° 040-P del 14 de julio de 2026, publicado en La Gaceta N° 133, Alcance N° 91 del 17 de julio de 2026.

Vigencia y supervisión

El acuerdo rige a partir de su notificación y mantiene sin cambios todo lo no modificado expresamente del Acuerdo Ejecutivo N° 216-2023. PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión conforme a los parámetros del Reglamento, y el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a la empresa si incumple los mínimos fijados.

La decisión reduce el compromiso laboral de una industria procesadora instalada bajo incentivos fiscales y traslada a 2027 la meta de inversión, en un contexto de presión sobre el empleo formal en las zonas francas y de escrutinio sobre el uso de los beneficios del Régimen.


Fuente: La Gaceta N° 190, jueves 8 de octubre de 2026, Acuerdos del Poder Ejecutivo, págs. 7-8 (referencia oficial: ACU-RZF-0058-2026-COMEX / IN202601131082).