Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta · 08 Sep 2026 · 1 vistas
Ceuta sanciona con la pérdida del puesto 28 del Mercado Central
Por FactBox Admin

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha resuelto sancionar a D. Sufian Hossain, titular del puesto número 28 del Mercado Central, con la pérdida de la titularidad de dicho puesto por mantenerlo cerrado durante más de tres meses sin causa justificada. La decisión se adopta mediante el Decreto 620, firmado por la consejera Nabila Benzina Pavón el 20 de agosto de 2026 y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE) número 6.650, de 8 de septiembre de 2026, en la página 3399.
El expediente sancionador se incoó mediante el Decreto 2025/13421 contra D. Sufian Hossain, con DNI 45.*18.*7*F, por la presunta comisión de una infracción muy grave del Reglamento de Mercados de la Ciudad de Ceuta, aprobado por acuerdo plenario de 21 de enero de 1998. El interesado presentó alegaciones, que fueron contestadas en tiempo y forma mediante propuesta de resolución, y el 7 de mayo de 2026 se le dio traslado del informe de propuesta con un plazo de 15 días hábiles para alegar. Transcurrido el plazo sin alegaciones ni pruebas que desvirtuaran el hecho, se continuó con la tramitación del procedimiento.
La infracción y su encaje normativo
El Reglamento de Mercados define los mercados como bienes de dominio público adscritos a un servicio público destinado a la venta al por menor de artículos alimenticios de primera necesidad para el abastecimiento de la población. Su artículo 45, apartado e), tipifica como falta muy grave el cierre del puesto durante tres meses, salvo causa justificada apreciada por la Consejería de Sanidad.
El régimen sancionador del artículo 46 establece las sanciones aplicables según la gravedad:
- Faltas leves: multa de hasta 42 euros.
- Faltas graves: multa de 42,01 a 90 euros.
- Faltas muy graves: multa de 90,01 a 150 euros, salvo las tipificadas en los apartados c) y e) del artículo 45, cuya sanción es la pérdida de la titularidad del puesto.
Efectos de la resolución
El Decreto 620 ordena sancionar a D. Sufian Hossain por el cierre del puesto durante más de tres meses sin causa justificada, con la consiguiente pérdida de la titularidad. Se le concede un plazo de 10 días hábiles, desde el día siguiente a la notificación, para entregar las llaves del puesto en las oficinas del Mercado Central y desalojar todos los enseres y mercancías, dejándolo en perfectas condiciones.
Conforme al artículo 19 del reglamento, extinguido el derecho de ocupación, el titular debe abandonar el puesto libre de mercancías y enseres; en caso contrario, la ejecución se llevará a cabo en vía administrativa a cuenta del titular cesante. Una vez finalizado el plazo de recurso sin que se haya presentado ninguno, se declarará vacante el puesto y se publicará dicha declaración en el BOCCE.
Recursos y garantías
La resolución agota la vía administrativa. Contra ella cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses desde la notificación, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
La sanción subraya el compromiso de la Ciudad con el mantenimiento del Mercado Central como servicio público esencial de abastecimiento. La pérdida de la titularidad del puesto 28 busca garantizar la continuidad de la actividad comercial y evitar que los puestos permanezcan cerrados en perjuicio de los consumidores y del resto de comerciantes del mercado.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE), nº 6.650, 8 de septiembre de 2026, Otras Disposiciones y Acuerdos, pág. 3399 (referencia oficial: Decreto 620).