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BOE · 26 Aug 2026 · 12 vistas

Ceuta, declarada situación de interés para la Seguridad Nacional

Por FactBox Admin

El Gobierno de España ha declarado la situación de interés para la Seguridad Nacional en la ciudad de Ceuta mediante el Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 209, de 26 de agosto de 2026 (referencia oficial BOE-A-2026-18149). La medida responde a la presión inédita generada por la entrada irregular de personas migrantes los días 30 y 31 de julio, que ha afectado al funcionamiento ordinario de los servicios públicos de la ciudad.

La declaración se adopta con arreglo a los artículos 23 y 24 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, previo informe del Consejo de Seguridad Nacional. El texto, firmado por el Rey Felipe R. y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, define la crisis como la permanencia temporal indeterminada en Ceuta de un elevado número de migrantes en situación irregular, que supera las capacidades ordinarias de gestión, acogida y seguridad ciudadana.

Alcance territorial y duración

La situación se extiende al territorio de la ciudad de Ceuta, así como a su frontera terrestre, los puestos fronterizos, las costas, los puertos y las aguas adyacentes en las que España ejerza soberanía, jurisdicción o competencias. La vigencia se fija hasta el 31 de diciembre de 2026, con mecanismos que permiten su prórroga, la modificación de su alcance o su finalización anticipada según la evolución de los acontecimientos.

La declaración no comporta la suspensión de derechos fundamentales ni habilita medidas propias de los estados de alarma, excepción o sitio, y se afrontará con los poderes y medios ordinarios de las administraciones públicas.

Autoridad Funcional y coordinación

Se designa como Autoridad Funcional al titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, con facultades para dirigir y coordinar las actuaciones, establecer objetivos comunes, preservar los servicios esenciales de Ceuta y coordinar los apoyos internacionales. El Consejo de Seguridad Nacional ejercerá la dirección y coordinación, asistido por el Comité de Situación, presidido por la Autoridad Funcional, y se activa una Célula de Coordinación permanente.

En el Comité de Situación participan, entre otros:

  • Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y Ministerio de Juventud e Infancia.
  • Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta y Delegación del Gobierno en Ceuta.
  • Centro Nacional de Inteligencia y Abogacía General del Estado.

Recursos movilizados

Los anexos del real decreto detallan los medios humanos y materiales de la Administración General del Estado (anexo I) y de la ciudad de Ceuta (anexo II), que incluyen capacidades de control fronterizo, atención humanitaria, sanidad, protección de menores, transporte y seguridad. Entre las infraestructuras habilitadas figuran terrenos del Ministerio de Defensa en Loma Margarita, la explanada del Guano, el Hospital Militar y varios polideportivos cubiertos de la ciudad.

La contribución de recursos se regirá por los principios de necesidad, proporcionalidad, eficiencia y temporalidad, sin alterar la dependencia orgánica de los medios ni las cadenas de mando establecidas. El Gobierno informará inmediatamente al Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 209, miércoles 26 de agosto de 2026, Sección I, pág. 116803 (referencia oficial: BOE-A-2026-18149).