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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta · 25 Aug 2026 · 5 vistas

Ceuta aprueba el almacén de GLP de Gasib junto al centro penitenciario

Por FactBox Admin

La Consejería de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha aprobado el informe de impacto ambiental y el anexo de proyecto del «Proyecto de ejecución de centro de almacenamiento de GLP de categoría I, situado en la Ciudad Autónoma de Ceuta», promovido por GASIB Sociedad Ibérica de Gas Licuado, S.A.U. La decisión se formaliza mediante el Decreto 594, de 18 de agosto de 2026, firmado por el consejero D. Alejandro Ramírez Hurtado, y se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE) nº 6.646, de 25 de agosto de 2026, página 3238.

El proyecto prevé la construcción de un centro de almacenamiento de botellas de gas licuado del petróleo (GLP) de categoría I, con capacidad para cerca de 18.340 botellas. El expediente se incoó por resolución de 29 de diciembre de 2025 (n.º 2025/13748), publicada en el BOCCE nº 6.580 el 6 de enero de 2026, y se tramitó como evaluación de impacto ambiental simplificada al estar clasificado en el anexo II de la Ley 21/2013 (Grupo 4, epígrafe m).

La controversia sobre la distancia de seguridad

El núcleo del debate fue la distancia de seguridad entre el almacén y el Centro Penitenciario de Ceuta. Instituciones Penitenciarias alegó que el centro es un edificio destinado a utilización colectiva —con unos 300 internos y 240 empleados públicos— y que, conforme al Real Decreto 919/2006 (ITC-ICG 02), la distancia de 20 metros debía aumentarse en 10 metros adicionales, exigiendo un mínimo de 30 metros.

GASIB defendió que la distancia de seguridad exterior se mide hasta el límite de la propiedad y que solo se incrementa en 10 metros cuando el límite colinda directamente con un edificio de utilización colectiva, circunstancia que, a su juicio, no se da. La empresa llegó a modificar el replanteo para acercarse a los 30 metros, aunque mantuvo que los 20 metros cumplen la norma.

El informe técnico respalda los 20 metros

Los servicios técnicos de la Consejería, en informe de 10 de agosto de 2026, consideraron viable el establecimiento y adoptaron el criterio de la distancia de 20 metros de seguridad exterior, sin suplementarla en +10 metros. El informe concluye que la zona de edificios de utilización colectiva del complejo penitenciario no colinda directamente con la parcela, distando unos 45 metros, y que la explotación es «segura para su entorno y estratégicamente necesaria para la Ciudad de Ceuta».

El informe también descarta afecciones significativas sobre los espacios protegidos Red Natura 2000 y sobre especies del Catálogo Estatal de Especies Amenazadas. Protección Civil respaldó la instalación, señalando que los 20 metros son suficientes y que la planta supone una mejora de seguridad frente a los antiguos depósitos de CEPSA.

Alegaciones y trámite

Durante la tramitación se recibieron informes de OBIMASA, Sanidad Ambiental, Urbanismo, el SEIS y Protección Civil, además de las alegaciones de Instituciones Penitenciarias (6 de marzo y 27 de abril de 2026). Tras la respuesta del promotor y una reunión por videoconferencia, la dirección del centro penitenciario comunicó que no presentaría más alegaciones.

El Decreto 594 determina que no es previsible que se generen afecciones negativas significativas sobre el medio ambiente y que no procede someter el proyecto a evaluación ambiental ordinaria, formulando el informe de impacto ambiental y el anexo de proyecto.

La aprobación despeja el camino para la autorización de una instalación que, según el propio informe, resulta estratégica para el suministro de gas envasado en Ceuta, pero que mantiene abierta la controversia sobre la seguridad de una infraestructura de gran capacidad situada junto a un centro penitenciario y a zonas habitadas.


Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE), núm. 6.646, 25 de agosto de 2026, sección I, pág. 3238 (referencia oficial: Decreto 594, de 18 de agosto de 2026).