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La Gaceta — Diario Oficial · 09 Sep 2026 · 1 vistas

CCSS abre proceso disciplinario a médico por concursar incapacitado

Por FactBox Admin

CCSS abre proceso disciplinario a médico por concursar incapacitado

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) dictó la resolución administrativa de traslado de cargos ASGUAR-DM-0286-2026, por la que abre un procedimiento disciplinario contra el Dr. Daniel de Jesús Navarro Morales (cédula 304930097), médico asistente del Área de Salud El Guarco, por concursar a una especialidad médica mientras se encontraba incapacitado por enfermedad. El documento, tramitado bajo el expediente JURIX 26-00003-2392-ODIS, fue publicado en primera vez en La Gaceta Nº 170 del miércoles 9 de setiembre de 2026 (pág. 125).

El procedimiento se instruye a raíz de lo dispuesto en el artículo 306 de la Ley General de la Administración Pública y de la investigación abierta por la Dirección Médica del Área de Salud El Guarco mediante oficio ASGUAR-DM-0287-2026 del 1 de setiembre de 2026. El órgano director, constituido conforme a los artículos 98 y 118 de la Normativa de Relaciones Laborales, busca verificar la verdad real de los hechos y, de confirmarse la participación del investigado, fijar su responsabilidad disciplinaria.

Los hechos imputados

Según la resolución, el médico habría incurrido en dos conductas estando incapacitado mediante el comprobante A00210126018197, con periodo del 6 de junio al 15 de julio de 2026 (cuarenta días), otorgado por el Dr. Isaac Esteban Tames Orozco (Código Profesional 11604), especialista en Nefrología del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia:

  • El 5 de julio de 2026 realizó una prueba escrita en la Sede Rodrigo Facio de la Universidad de Costa Rica (UCR), concursando por la Especialidad Médica de Dermatología (Concurso 2026-2027 CENDEISSS/UCR).
  • El 10 de julio de 2026 realizó una prueba práctica en las instalaciones del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS), pese a estar inhabilitado para tal acto, tanto en horario ordinario como fuera de él.

La denuncia inicial provino de la Dra. Brenda Leiva Villalobos, médica del Servicio de Urgencias del Área de Salud El Guarco. La investigación se sustentó en la certificación PPEM-2539-2026 del 12 de agosto de 2026, emitida por el Dr. Mario Alberto Quesada Arce, director del CENDEISSS, que confirmó la participación del galeno en el concurso.

Imputación y fundamento jurídico

Se imputa al funcionario, en calidad de presunto responsable, daño a la imagen institucional, pérdida de confianza, abandono de trabajo y falta a los principios de buena fe, lealtad, eficiencia, probidad, responsabilidad, integridad, dignidad y respeto, además de conducta negligente e imprudente. El sustento legal incluye:

  • Artículo 71 del Código de Trabajo.
  • Artículos 46, 48, 50, 53 y 77 del Reglamento Interior de Trabajo de la CCSS.
  • Artículos 6, 8, 9, 10, 11, 14, 15 y 24 del Código de Ética del Funcionario de la CCSS.
  • Artículos 11, 111, 113, 114 y 210 al 214 de la Ley General de la Administración Pública.
  • Artículos 39, 41 y 43 de la Ley de Control Interno y artículos 3, 9 y 16 del Código de Moral Médica.

De acreditarse los hechos, la falta se tipifica como FALTA GRAVE, con sanción que puede ir de la suspensión de treinta días sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad laboral.

Comparecencia y derechos del investigado

El Dr. Carlos Guillén Poveda (cédula 304850647), jefe de Farmacia y órgano director del procedimiento, convocó al investigado y a su representante legal a una comparecencia oral y privada el 24 de setiembre de 2026 a las 8:30 a.m., en la sala de sesiones del Edificio de Urgencias de Tejar del Área de Salud El Guarco. El médico podrá hacerse asesorar, ofrecer prueba de descargo y declarar o abstenerse, sin que su ausencia injustificada suspenda la audiencia. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación dentro de los cinco días posteriores a la notificación.

La publicación de este traslado de cargos marca el inicio formal de un proceso que, de confirmarse la falta, podría costarle al galeno su puesto en la CCSS. El caso resulta relevante para el sector salud y para los funcionarios públicos, al sentar precedente sobre el uso de incapacidades para actividades académicas y concursos de especialización médica.


Fuente: La Gaceta — Diario Oficial, Nº 170, miércoles 9 de setiembre de 2026, pág. 125 (referencia oficial: IN202601114999).