BOP de Zamora · 02 Oct 2026 · 18 vistas
Castroverde de Campos eleva a definitivo la modificación de tres ordenanzas fiscales
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Castroverde de Campos ha elevado a definitivo la modificación de tres de sus ordenanzas fiscales, después de que el expediente superara el periodo de información pública sin reclamaciones ni alegaciones. El acuerdo, adoptado por el Pleno en sesión extraordinaria del 8 de julio de 2026, se publica ahora íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora n.º 115, de 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial R-202602302.
La aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas reguladoras del impuesto de bienes inmuebles, del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y de la tasa por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos se sometió a información pública por un plazo de treinta días. Ese plazo se contó desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 80, de 10 de julio de 2026.
Al no haberse presentado reclamaciones, el acuerdo se eleva a definitivo conforme a lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, norma que en su apartado 17.3 fijó el trámite de exposición pública. El texto íntegro de las ordenanzas se incorpora como anexo al anuncio, firmado en Castroverde de Campos el 29 de septiembre de 2026 por el Alcalde.
Nuevo tipo de gravamen del IBI
La modificación del artículo 2.º de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles fija los tipos de gravamen aplicables:
- 1,10 por ciento para los bienes de naturaleza urbana.
- 0,90 por ciento para los bienes de naturaleza rústica.
- 0,65 por ciento para los inmuebles de características especiales.
La cuota íntegra del impuesto resulta de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen correspondiente.
Tasa de basuras: cuotas por vivienda y locales
El artículo 6.º de la ordenanza de la tasa por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos establece una cuota fija en función de la clase y naturaleza de cada centro productor. Las cuotas, de carácter irreducible y referidas al periodo de un año, son las siguientes:
- Por cada vivienda: 68 euros.
- Por cada establecimiento industrial o comercial: 142 euros.
- Bares o cafeterías: 142 euros.
- Restaurantes, clubes, salas de fiesta y similares: 142 euros.
La ordenanza considera basura los residuos, detritos, embalajes, recipientes o envolturas de alimentos, vestidos y calzados, así como el producto de la limpieza de pisos y viviendas y el de comercios e industrias de las mismas clases. Quedan excluidos los residuos de tipo industrial, los escombros de obras, los detritos humanos y cualquier otra materia cuya recogida o vertido exija especiales medidas higiénicas, profilácticas o de seguridad.
Construcciones y obras: el tipo se fija en el 4 %
El artículo 7.º de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras queda redactado con un tipo de gravamen único del cuatro por ciento. La cuota del impuesto será el resultado de aplicar ese porcentaje a la base imponible de cada operación sujeta.
Impacto para los contribuyentes
Las tres modificaciones afectan a la práctica totalidad de los contribuyentes del municipio: los titulares de inmuebles urbanos y rústicos, los propietarios de viviendas y locales sujetos a la tasa de basuras y quienes ejecuten obras o instalaciones. Al haberse elevado el acuerdo a definitivo y publicarse el texto íntegro, las nuevas ordenanzas quedan cerradas en vía administrativa y serán las que rijan la liquidación de estos tributos locales en Castroverde de Campos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, n.º 115, de 2 de octubre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 36-37 (referencia oficial: R-202602302).