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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Castilla-La Mancha financia cerramientos contra los daños del conejo de monte

Por FactBox Admin

La Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 122/2026, de 25 de agosto, que establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas destinadas a prevenir los daños que el conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) causa en los cultivos agrícolas. La norma, firmada por la consejera Mª Mercedes Gómez Rodríguez, aparece en el número 166 del boletín, de 31 de agosto de 2026, con la referencia oficial [2026/6333].

La orden responde al incremento significativo de las poblaciones de conejo de monte, que ha generado daños persistentes y generalizados en las explotaciones agrarias. Esa sobreabundancia motivó la declaración de comarca de emergencia cinegética temporal por la Resolución de 03/02/2026 de la Viceconsejería de Medio Ambiente, que afecta a términos municipales de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo. La medida se ampara en la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha, y en la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.

Qué se financia

Las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, cubren inversiones preventivas frente al acceso de la especie a los cultivos. Son subvencionables tres tipos de actuaciones:

  • La adquisición e instalación de cerramientos perimetrales de malla de triple torsión tipo “conejera” hexagonal, con alambre de grosor no inferior a 1 mm, luz no superior a 31 mm, enterrada al menos 30 cm y altura mínima de 70 cm.
  • La colocación de protectores y tutores individuales de plantas leñosas, formados por tubos de malla plástica rígida.
  • La eliminación de majanos, previa autorización preceptiva.

No se admiten actuaciones en parcelas cuyo uso sigpac sea pasto permanente con arbolado, pasto arbustivo o pastizal, ni se subvencionan el IVA, los intereses de deuda, las contribuciones en especie ni los materiales de segunda mano.

Cuantías y beneficiarios

La intensidad de la ayuda será del 70% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de 14.500 euros por solicitud. Al tratarse de ayudas de minimis, conforme al Reglamento (UE) 1408/2013, modificado por el Reglamento (UE) 2024/3118, cada beneficiario no podrá recibir más de 50.000 euros en cualquier período de tres años.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica titulares de explotaciones agrarias, siempre que las parcelas estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Castilla-La Mancha y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Una vez concedida la ayuda, se anticipará automáticamente el 50% de su importe sin necesidad de garantía.

Criterios de priorización y plazos

Las solicitudes se valorarán según tres criterios:

  • Proximidad a infraestructuras viarias, plantas fotovoltaicas, humedales, vías pecuarias y cauces secos (hasta 20 puntos).
  • Igualdad de trato en el medio rural, con puntos para mujeres titulares, explotaciones de titularidad compartida y cooperativas con plan de igualdad (hasta 10 puntos).
  • Ubicación en zonas de despoblación, con mayor puntuación en municipios de menos de 2.000 habitantes (hasta 12 puntos).

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, que se iniciará de oficio por la Viceconsejería de Medio Ambiente. La resolución deberá notificarse en un máximo de seis meses, y la ejecución de la inversión no podrá ser inferior a seis meses ni superior a doce.

La orden se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la sección presupuestaria 23 Desarrollo Sostenible, dentro del objetivo 475 Conservación y mejora del Medio Natural, línea 1478 Ayuda para la prevención de daños producidos por el conejo. Con esta línea, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha refuerza su apuesta por una gestión integrada de la fauna silvestre que compatibilice la conservación del conejo de monte con la viabilidad económica de las explotaciones agrarias, especialmente en las zonas rurales con mayores dificultades estructurales.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 166, 31 de agosto de 2026, sección I (Disposiciones Generales), pág. 31199 (referencia oficial: 2026/6333).