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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 21 Sep 2026 · 2 vistas

Castilla-La Mancha destina 3,5 millones a las empresas de la Sierra Norte

Por FactBox Admin

Castilla-La Mancha destina 3,5 millones a las empresas de la Sierra Norte

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este 21 de septiembre de 2026 el Decreto 49/2026, de 15 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a empresas en el marco del Plan de Recuperación de la Sierra Norte de Guadalajara. La norma, impulsada por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, moviliza un crédito máximo de 3.500.000 euros y abre un plazo de un mes para presentar solicitudes. El extracto de la convocatoria figura en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador BDNS 929733.

El incendio de La Mierla como origen de las ayudas

El decreto parte de un hecho: el 16 de julio de 2026 se declaró un incendio forestal en el término municipal de La Mierla, en la provincia de Guadalajara, que se extendió por un amplio territorio de la Sierra Norte y afectó a una superficie aproximada de 34.447,88 hectáreas. El texto subraya las consecuencias sobre las masas forestales, los espacios protegidos, los recursos hídricos, las explotaciones agrarias, ganaderas y apícolas, las infraestructuras y la actividad económica y social de la zona.

El marco general lo fijó el Acuerdo de 1 de septiembre de 2026 del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, que determinó el ámbito territorial del Plan de Recuperación y ordenó a las consejerías competentes promover las actuaciones necesarias, incluidas las de mantenimiento y reactivación económica y del empleo. Ese acuerdo se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 169, de 3 de septiembre de 2026.

El decreto está firmado en Toledo el 15 de septiembre de 2026 por el presidente Emiliano García-Page Sánchez y la consejera de Economía, Empresas y Empleo, Patricia Franco Jiménez. La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Incentivación Empresarial de la Dirección General de Empresas.

Cuantías: de 5.000 a 25.000 euros por empresa

La ayuda se compone de una cuantía básica y, en su caso, de una cuantía complementaria:

  • Cuantía básica: 5.000 euros por empresa, más 1.000 euros por cada persona trabajadora a jornada completa, con un tope de 10.000 euros.
  • Cuantía complementaria para alojamientos turísticos (CNAE 55): de 2.000 euros (1-5 plazas) hasta 7.000 euros (más de 50 plazas).
  • Cuantía complementaria para restaurantes (CNAE 5611): de 2.000 euros (1-25 comensales) hasta 5.000 euros (más de 100).
  • Límite máximo: 25.000 euros por empresa beneficiaria.

El crédito se reparte entre la aplicación presupuestaria 1911.G/724A/47572, con 3.450.000 euros, y la 1911.G/724A/48000, con 50.000 euros. La cuantía total podrá incrementarse hasta un 50 por ciento adicional si se declara disponibilidad de crédito. Las ayudas tienen carácter de minimis conforme al Reglamento (UE) 2023/2831, con un techo de 300.000 euros por empresa en cualquier período de tres años.

Sectores, territorio y obligaciones

Podrán ser beneficiarias las empresas que ejerzan efectivamente su actividad en el ámbito territorial del decreto dentro de estos sectores:

  • Comercio al por mayor (CNAE 46) y al por menor (CNAE 47).
  • Servicios de alojamiento (CNAE 55) y de comidas y bebidas (CNAE 56).
  • Otros servicios de reservas y actividades relacionadas (CNAE 7990).
  • Actividades deportivas y recreativas vinculadas al turismo activo y a la caza deportiva (CNAE 9319 y 9329).

Quedan excluidas las actividades de intermediarios y agentes del comercio y de intermediación en hostelería. Se consideran empresas las personas trabajadoras autónomas, las sociedades de personas y las asociaciones con actividad económica regular. El ámbito incluye los municipios del anexo del Acuerdo de 1 de septiembre y se extiende además a Valverde de los Arroyos, Campillo de Ranas, Majaelrayo y Cantalojas.

Los beneficiarios deberán mantener la actividad durante 24 meses y recuperar la plantilla media que tenían el 16 de julio de 2026 en un plazo de 12 meses. El plazo de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación del decreto y su extracto, y todos los trámites se realizan por vía electrónica a través de la sede de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El plazo máximo para resolver es de un mes desde la presentación, con silencio desestimatorio.

Impacto para pymes y autónomos de la comarca

La norma llega al tejido productivo de una comarca golpeada en plena temporada turística, con un procedimiento de concesión directa y pago íntegro junto a la resolución, lo que busca inyectar liquidez con rapidez. Para los pequeños comercios, alojamientos y restaurantes de la Sierra Norte, el decreto supone una vía de apoyo inmediata condicionada a mantener la actividad y el empleo durante los dos próximos años.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 181, de 21 de septiembre de 2026, sección I, pág. 32289 (referencia oficial: 2026/6727).