Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 21 Sep 2026 · 3 vistas
Castilla-La Mancha aprueba ayudas directas a explotaciones agrarias dañadas por incendios
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha aprobó el Decreto 50/2026, de 15 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas declaradas gravemente afectadas por una emergencia de protección civil. La norma se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 181, de 21 de septiembre de 2026, con el extracto de la convocatoria identificado como BDNS 930178. El decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación.
El punto de partida es el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2026, que declaró zonas gravemente afectadas por una emergencia de protección civil a varios incendios cuya evolución obligó a confinar y evacuar municipios y núcleos de población. El texto está firmado por el presidente de la Junta, Emiliano García-Page Sánchez, y por el consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Julián Martínez Lizán, y se ampara en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
La exposición de motivos subraya la excepcionalidad de los siniestros: el incendio de La Mierla (Guadalajara) es el mayor por superficie arrasada en Castilla-La Mancha, y el de Burgohondo-Almorox motivó la primera declaración de emergencia de interés nacional por un incendio, el 23 de julio de 2026. Los incendios de Hinojosa de Calatrava, Selas y Retuerta del Bullaque alcanzaron la categoría de gran incendio, con más de 500 hectáreas de superficie forestal afectada.
Las cinco zonas incluidas en el Anexo I
- IF Hinojosa de Calatrava: 849 hectáreas, Ciudad Real, inicio el 15/07/2026.
- IF La Mierla: 36.251 hectáreas, Guadalajara, inicio el 16/07/2026.
- IF Selas: 3.038 hectáreas, Guadalajara, inicio el 21/07/2026.
- IF Burgohondo-Almorox: 66.331 hectáreas, Ávila-Toledo, inicio el 22/07/2026.
- IF Retuerta del Bullaque: 949 hectáreas, Ciudad Real, inicio el 23/07/2026.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica titulares de explotaciones ubicadas en esas zonas que hayan sufrido daños, siempre que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas y cumplan los requisitos del artículo 3, entre ellos haber presentado la solicitud única de 2026 o estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias o Ganaderas.
Cuantías por hectárea, cabeza de ganado y alimentación animal
- Cereales: 600 euros por hectárea; leñosos: 3.700 euros por hectárea.
- Ovino-caprino: 421 euros por cabeza perdida, muerta o sacrificada; bovino-equino: 4.050 euros; apícola: 70 euros por colmena.
- Alimentación animal en extensivo: 0,50 euros por animal y día en ovino-caprino de carne y 2,5 euros por animal y día en bovino-equino, del 1 de octubre de 2026 al 31 de marzo de 2027, con aplicación del coeficiente de afectación de pastos.
- Importe máximo: 60.000 euros por persona beneficiaria.
Las ayudas son compatibles con fondos europeos, medidas nacionales o regionales y pagos de pólizas de seguro, siempre que no se supere el 100% del importe de los daños, y no podrán acumularse con las destinadas a restablecer el potencial productivo agrícola del Reglamento (UE) 2022/2472.
Dos millones de euros y diez días hábiles para solicitar
El crédito estimado asciende a 2.000.000,00 euros, con cargo a la partida 21130000/713B/47300 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2026, y podrá incrementarse en una cuantía adicional estimada de 500.000 euros antes de que finalice el plazo de solicitudes. La consejería publicará en la sede electrónica, en cinco días hábiles, la relación de titulares con daños comprobados; desde esa publicación habrá diez días hábiles para presentar la solicitud de forma telemática a través de www.jccm.es.
El órgano instructor es el Servicio con competencias en ayudas a la sanidad animal de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, y la resolución corresponde a la persona titular de esa dirección general, en un plazo máximo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del decreto. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el consejero en el plazo de un mes. Los beneficiarios deberán mantener la explotación ganadera hasta el 31 de marzo de 2027 y mantener en vigor un seguro agrario incluido en el Sistema de Seguros Agrarios Combinados durante las cinco campañas siguientes.
La norma busca garantizar la viabilidad económica de las explotaciones, mantener la economía local, evitar el despoblamiento rural y asegurar el abastecimiento del mercado de determinados productos, con resoluciones de concesión sucesivas para que el dinero llegue cuanto antes a los afectados.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 181, de 21 de septiembre de 2026, sección I.- Disposiciones Generales, págs. 32301-32309 (referencia oficial: 2026/6799).