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BOP de Alicante · 13 Oct 2026 · 8 vistas

Castalla somete a información pública el reglamento del agua potable y saneamiento

Por FactBox Admin

Castalla somete a información pública el reglamento del agua potable y saneamiento

El Ayuntamiento de Castalla ha aprobado inicialmente el reglamento que regulará la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento en el municipio. La decisión la adoptó el Ayuntamiento-Pleno en sesión de 30 de septiembre de 2026 y se publica ahora en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 194, de 13 de octubre de 2026, con la referencia 7625/2026. El texto queda expuesto a información pública durante 30 días hábiles para que los interesados presenten alegaciones.

El anuncio se inserta en la sección III, Administración Local, del boletín provincial y responde al acuerdo plenario de aprobación inicial del reglamento de prestación del servicio del abastecimiento de agua potable y saneamiento en el término municipal de Castalla. El plazo de información pública es de treinta días hábiles y se computa a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, es decir, desde el 14 de octubre de 2026.

Durante ese periodo, quienes puedan considerarse interesados en el expediente están llamados a comparecer y a formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente. El anuncio está firmado por el alcalde, Jesús López Blanco, y el texto íntegro del reglamento se pone a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Castalla.

Plazo y vías de participación

  • Plazo: treinta días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio.
  • Fecha de inicio del cómputo: 14 de octubre de 2026, tras la publicación del 13 de octubre de 2026.
  • Objeto de la consulta: el reglamento de prestación del servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento.
  • Contenido admitido: alegaciones, sugerencias o reclamaciones de los interesados en el expediente.
  • Órgano que resuelve: el Ayuntamiento-Pleno de Castalla.
  • Documento de referencia: anuncio 7625/2026, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 194.

Tramitación posterior del reglamento

El anuncio precisa que, de no presentarse reclamaciones o sugerencias en el plazo señalado, el reglamento se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de un acuerdo expreso por parte del Pleno. Es decir, la aprobación inicial deviene definitiva de forma automática si la fase de información pública concluye sin objeciones.

En caso contrario, la corporación deberá resolver las alegaciones presentadas y volver a pronunciarse sobre el texto antes de su entrada en vigor. La publicación del acuerdo inicial en el boletín provincial es, por tanto, el trámite que abre formalmente la participación ciudadana y el paso previo a la aprobación definitiva de la norma.

Alcance del nuevo reglamento

El reglamento ordena la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable y de saneamiento en el conjunto del municipio de Castalla, lo que afecta directamente a los usuarios y abonados del ciclo integral del agua. La norma fija el marco de funcionamiento de un servicio esencial de competencia municipal, desde la captación y el suministro hasta la recogida y el tratamiento de las aguas residuales.

La aprobación inicial se acordó en la misma sesión plenaria del 30 de septiembre de 2026 en la que el Ayuntamiento de Castalla adoptó otros acuerdos de gestión, como el modelo de control interno en régimen de fiscalización e intervención limitada previa, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 188, de 2 de octubre de 2026.

La relevancia de la noticia es doble: por un lado, el reglamento dota al municipio de un marco normativo propio para un servicio básico; por otro, el periodo abierto de información pública permite a los abonados y a cualquier interesado influir en el texto antes de que quede fijado. Quien desee alegar dispone de treinta días hábiles desde el 14 de octubre de 2026 para hacerlo.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 194 de 13 de octubre de 2026, sección III. Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 7625/2026).