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Butlletí Oficial de les Illes Balears · 29 Aug 2026 · 6 vistas

Capdepera bonifica el impuesto de construcciones hasta el 95% para el patrimonio

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Capdepera ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), que introduce bonificaciones de hasta el 95% de la cuota para obras vinculadas al patrimonio historico-artístico y del 30% para viviendas de protección oficial. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (núm. 108, de 29 de agosto de 2026) y entrará en vigor al día siguiente de la publicación.

El Pleno del Ayuntamiento de Capdepera, en sesión celebrada el 2 de julio de 2026, aprobó provisionalmente la modificación. Sometido el acuerdo al trámite de información pública y sin que se hubieran presentado alegaciones dentro del plazo, por Providencia de Alcaldía se elevó automáticamente a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional, de acuerdo con los apartados 3 y 4 del artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

Bonificaciones para patrimonio histórico y rehabilitación

La nueva redacción del artículo 4 de la ordenanza establece una bonificación del 95% de la cuota a favor de las construcciones, instalaciones u obras declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias relacionadas con la protección, conservación o rehabilitación de bienes del patrimonio historico-artístico, de acuerdo con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español, y la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

  • La declaración de especial interés o utilidad municipal corresponde al Pleno de la Corporación, con solicitud previa del sujeto pasivo y voto favorable de la mayoría simple.
  • Se aplica también un 95% de bonificación a las obras de rehabilitación de edificios que cumplan los criterios del Área de Rehabilitación Integrada de la zona urbana del Castillo de Capdepera.

Vivienda protegida y accesibilidad

La ordenanza incorpora una bonificación del 30% de la cuota a favor de las construcciones, instalaciones u obras relativas a viviendas de protección oficial. Además, se establece una bonificación del 75% para las obras que tengan por objeto favorecer las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas con discapacidad, así como la supresión de barreras arquitectónicas.

  • Las bonificaciones se aplican sobre la cuota resultante una vez practicadas, si procede, las bonificaciones previstas en los apartados anteriores.
  • Para disfrutar de ellas, el sujeto pasivo debe solicitarlas desde el inicio de la construcción, instalación u obra.

Exenciones y vigencia

El artículo 4 mantiene la exención para las construcciones, instalaciones u obras del Estado, las comunidades autónomas o las entidades locales destinadas directamente a carreteras, ferrocarriles, puertos y aeropuertos, obras hidráulicas y saneamiento de poblaciones y de sus aguas residuales, tanto si se trata de obra de inversión nueva como de conservación.

La modificación afecta directamente a constructores y propietarios del municipio, que verán reducida la carga fiscal en las actuaciones sobre el patrimonio histórico, la rehabilitación del núcleo del Castillo, la promoción de vivienda protegida y las obras de accesibilidad. El edicto, firmado electrónicamente por la alcaldesa Núria Garcia Caballeria el 26 de agosto de 2026, es el documento de referencia para la aplicación de las nuevas bonificaciones.


Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 108, 29 d’agost de 2026, Secció I. Disposicions generals, pàg. 46814-46815 (referencia oficial: núm. 8649).