Boletín Oficial de Canarias · 22 Sep 2026 · 3 vistas
Canarias declara de interés general la hibridación eólica y solar en Agüimes
Por FactBox Admin

El Gobierno de Canarias ha acordado la ejecución de la instalación “Hibridación del Parque Eólico Espinales con la Planta Fotovoltaica Espinales”, de 2,7 MW, en el término municipal de Agüimes, isla de Gran Canaria, y ha ordenado la modificación del planeamiento urbanístico afectado. La decisión se formaliza en el Decreto 147/2026, de 15 de septiembre, aprobado previa deliberación del Gobierno en su reunión del 15 de septiembre de 2026 y publicado en el Boletín Oficial de Canarias núm. 190, de 22 de septiembre de 2026. El expediente ER225919 lo promueve la entidad Energías Alternativas de las Islas, S.L.U.
El procedimiento excepcional del artículo 6 bis
La tramitación arranca el 27 de noviembre de 2024, cuando la promotora presenta ante la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias la solicitud motivada de declaración de interés general. La Orden n.º 51/2026, de 2 de febrero, del Consejero de Transición Ecológica y Energía, declaró de interés general las obras al amparo del artículo 6 bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario.
Esa orden se trasladó al Cabildo Insular de Gran Canaria y al Ayuntamiento de Agüimes, con un plazo de un mes para informar sobre la conformidad del proyecto con el planeamiento. Al constatarse ausencia de ordenación concreta aplicable y una conformidad insular condicionada, la elevación al Gobierno de Canarias resultó preceptiva conforme al apartado 6 del citado artículo 6 bis.
El decreto fija los efectos de la autorización desde el 1 de septiembre de 2026, aplicando eficacia retroactiva al amparo del artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para evitar perjuicios a la promotora por el retraso en el otorgamiento.
Características técnicas de la planta
La nueva instalación se hibrida con el Parque Eólico Espinales, de 6,3 MW, expediente ER150076, en funcionamiento. Sus datos principales son:
- Ubicación: Montaña de Arinaga, parcela de 1.020.528 m².
- Campo solar de 3.047,76 kWp con 7.344 módulos de 415 Wp.
- 54 inversores de 50 kW y potencia nominal del sistema de 2.700 kW.
- Tres transformadores elevadores de 1.000 kVA que elevan la energía a 20 kV.
- Evacuación compartiendo subestación y línea del parque eólico hasta la SE Escobar.
El Parque Eólico Espinales cuenta con autorización de puesta en servicio definitiva de las fases 1A y 1B, otorgadas por resoluciones de la Dirección General de Energía n.º 1771/2022 y n.º 749/2023, de 4 de noviembre de 2022 y 1 de junio de 2023.
Informes municipales, insulares y ambientales
El Ayuntamiento de Agüimes informó el 23 de febrero de 2026 que la pieza de suelo afectada está clasificada como suelo rústico de protección agraria intensiva y carece de cobertura expresa en el planeamiento, por lo que resulta preceptiva la declaración de interés público o social. El Cabildo Insular de Gran Canaria, en informe de 24 de abril de 2026, concluyó que la conformidad con el planeamiento insular queda condicionada al cumplimiento de determinaciones del PIOGC 2022.
El proyecto está exento de Declaración de Impacto Ambiental por acuerdo de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental del 21 de febrero de 2025. Además, un informe de la Dirección General del Medio Natural de 1 de septiembre de 2026 concluye que no causará afecciones importantes a la biodiversidad si se integran los condicionantes y medidas mitigadoras propuestos.
Beneficios energéticos y económicos
El decreto cifra los impactos positivos de la instalación:
- Aportación al subsistema eléctrico de Gran Canaria de 4.642,41 MWh/año de origen renovable.
- Ahorro equivalente a 1.165,2 toneladas equivalentes de petróleo anuales.
- Reducción anual de 3.829,99 toneladas de CO₂.
- Inversión aproximada de 3.229.489,38 euros.
El texto recuerda que el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte 2021-2026 fija un objetivo de 180 MW fotovoltaicos para Gran Canaria, con una potencia actual de 144,16 MW, por debajo de lo previsto.
Relevancia
El Decreto 147/2026 legitima por sí mismo la ejecución de los actos de construcción y uso del suelo, sin necesidad de otro instrumento de planificación territorial o urbanística, y obliga a adaptar el planeamiento municipal en su primera modificación sustancial. Contra el acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses. La norma afecta directamente a los vecinos de Agüimes y al sector energético insular, al abrir la vía excepcional para nuevas hibridaciones renovables en suelo rústico.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 190, de 22 de septiembre de 2026, III. Otras Resoluciones, pág. 35058 (referencia oficial: BOC-A-2026-190-3299).