Boletín Oficial de Canarias · 17 Sep 2026 · 5 vistas
Canarias abre un mes de alegaciones al nuevo reglamento de aguas
Por FactBox Admin

El Gobierno de Canarias ha abierto el trámite de audiencia e información pública del proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento Integrado del Dominio Público Hidráulico de Canarias, una norma de más de 350 artículos que sustituye tres reglamentos vigentes. La Dirección General de Aguas, dependiente de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, publica el anuncio en el Boletín Oficial de Canarias núm. 187, de 17 de septiembre de 2026, y fija un plazo de un mes para presentar alegaciones. El texto se tramita por la vía de urgencia y debería concluirse dentro del ejercicio 2026.
El anuncio, de 7 de septiembre de 2026, da cumplimiento a la Orden n.º 186/2026, de 21 de julio, del consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas (Libro 2621), que acordó iniciar la elaboración del reglamento y su tramitación urgente conforme al artículo 81 de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias. La iniciativa sustituye, integra y actualiza tres normas: el Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico; el Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico, y el Decreto 276/1993, de 8 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sancionador en materia de aguas.
Antes de redactar el borrador se sustanció la consulta pública previa del artículo 80.2 de la Ley 4/2023, publicada en el Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de Canarias entre el 6 y el 25 de marzo de 2026, cuyo informe de valoración de las aportaciones recibidas obra en el expediente administrativo.
Un reglamento de más de 350 artículos para siete islas
El proyecto ordena de forma completa el régimen del dominio público hidráulico, el otorgamiento y régimen de los aprovechamientos, el control de vertidos y el régimen sancionador en materia de aguas en el conjunto del Archipiélago. Consta de más de trescientos cincuenta artículos y sus anexos técnicos, y su alcance territorial se reparte entre las siete demarcaciones hidrográficas insulares.
La norma afecta a derechos e intereses legítimos de un número indeterminado de personas: titulares de aprovechamientos y concesiones, titulares de autorizaciones de vertido, promotores de obras e instalaciones hidráulicas, comunidades de aguas, entidades locales y usuarios en general.
Un mes de plazo frente a los siete días de la vía urgente
El plazo de un mes, computado de fecha a fecha conforme al artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, empieza a contar el día siguiente al de la publicación del anuncio. La Orden n.º 255, de 7 de septiembre de 2026, complementaria de la Orden n.º 186/2026, amplía así el plazo de siete días que el artículo 81.2.b) de la Ley 4/2023 reserva a los procedimientos tramitados por urgencia.
La Dirección General de Aguas justifica la ampliación en cuatro razones:
- La extensión y complejidad técnica del proyecto normativo, integrado por más de 350 artículos y anexos técnicos.
- Su condición de disposición general relativa a la protección de las aguas, incluida en el artículo 18.1.a) de la Ley 27/2006, de 18 de julio, y sujeta al Convenio de Aarhus, de 25 de junio de 1998.
- La pluralidad y dispersión territorial de los destinatarios, distribuidos entre las siete demarcaciones hidrográficas insulares.
- Que la medida amplía y no restringe la participación, sin perjuicio para persona alguna, y es compatible con la conclusión del procedimiento en 2026.
Cómo y dónde presentar alegaciones
El borrador del decreto, el informe justificativo de la iniciativa reglamentaria y el informe de valoración de la consulta pública previa estarán disponibles durante el periodo de información pública en dos direcciones:
- El Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de Canarias, en el apartado específico de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, donde también pueden formularse las alegaciones.
- La página web de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas (gobiernodecanarias.org/aguas).
Las alegaciones pueden presentarse igualmente por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, dirigidas a la Dirección General de Aguas. El trámite se sustancia en paralelo al de audiencia a las organizaciones y asociaciones representativas de los intereses afectados, y el proceso de participación sectorial sobre el borrador se desarrollará conforme al calendario que publique la Consejería.
El reglamento unificará en un solo texto el régimen de las aguas de las islas y sustituirá tres decretos con más de tres décadas de vigencia, por lo que su contenido condicionará concesiones, vertidos y sanciones de miles de usuarios y de los ayuntamientos del Archipiélago. El anuncio lo firma el director general de Aguas, José Miguel García Leal, en Las Palmas de Gran Canaria a 7 de septiembre de 2026.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 187, 17 de septiembre de 2026, V. Anuncios, pág. 34822 (referencia oficial: BOC-A-2026-187-3277).