Butlletí Oficial de les Illes Balears · 18 Aug 2026 · 8 vistas
Campos aprueba la ordenanza de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Campos ha aprobado definitivamente la ordenanza general de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana, que entra en vigor el mismo día de su publicación. La norma se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) número 103, de 18 de agosto de 2026, dentro de la Sección I de disposiciones generales, y afecta a todos los vecinos y vecinas del municipio.
El Pleno del Ayuntamiento de Campos, en sesión ordinaria celebrada el 30 de julio de 2026, aprobó inicialmente el texto, que ya había sido expuesto públicamente después de su publicación en el BOIB número 71, de 6 de junio de 2026. En el plazo de exposición pública no se presentó ninguna alegación, de manera que la ordenanza se entiende tácitamente aprobada. El documento, firmado por la alcaldesa Francisca Porquer Manresa el 12 de agosto de 2026, se tramita en cumplimiento de los artículos 102 y 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
Ámbito y deberes de la convivencia
La ordenanza se aplica a todo el término municipal de Campos y obliga a todos los habitantes, así como a cualquier persona que se encuentre en él. La convivencia se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y a los derechos de los demás, y el Ayuntamiento se compromete a facilitar asistencia social a las familias necesitadas y a fomentar centros asistenciales como guarderías, residencias para la tercera edad y servicios de atención domiciliaria.
La norma establece deberes concretos para la ciudadanía:
- Obediencia, respeto y consideración a la autoridad municipal, agentes y policías locales.
- Cumplimiento de los bandos de Alcaldía y de las demás ordenanzas municipales.
- Colaboración con las autoridades sanitarias para prevenir la propagación de enfermedades contagiosas.
- Protección especial de los derechos de los infantes, con responsabilidad de los padres y madres para evitar que los menores de siete años transiten solos por las vías públicas.
Espacios públicos y bebidas alcohólicas
El capítulo de espacios y bienes públicos prohíbe los grafitis y pintadas sobre cualquier elemento del espacio público, salvo los murales artísticos autorizados, y regula la colocación de carteles, el uso de las fuentes, la protección de árboles y plantaciones y la prohibición de jugar con pelota o circular con patines sobre el mobiliario urbano. También se prohíbe fumar dentro del recinto del campo municipal de deportes, excepto en las zonas habilitadas.
En cuanto a las bebidas alcohólicas, queda prohibido el consumo y la venta a menores de edad, el consumo en los espacios públicos y la venta en centros docentes y deportivos cuando haya menores. Los agentes de la autoridad podrán retirar cautelarmente las bebidas y los envases, y acompañar a las personas en estado de embriaguez a los servicios de salud.
Régimen sancionador
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas de hasta 750, 1.500 y 3.000 euros respectivamente. Entre las sanciones previstas destacan:
- Grafitis y pintadas en el espacio público: 600 euros.
- Pintadas sobre fachadas o bienes con valor arquitectónico o artístico especial: 1.500 euros.
- Consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad: 900 euros.
- Venta o suministro de alcohol a menores: 1.500 euros.
- Orinar o defecar en la vía pública: 180 euros.
- Venta ambulante de alimentos sin autorización: 900 euros.
La Alcaldía es el órgano competente para imponer las sanciones hasta el límite que permite la legislación de régimen local, y la Junta de Gobierno Local a partir de dicha cuantía. Las multas se pueden sustituir por sesiones formativas, actividades cívicas o trabajos en beneficio de la comunidad, y en el caso de menores de edad se pueden aplicar medidas educativas alternativas.
La nueva ordenanza dota al municipio de un marco normativo completo para garantizar la convivencia y el civismo, con un régimen sancionador proporcionado y medidas alternativas de carácter educativo. Para los vecinos de Campos, la norma supone un instrumento claro para proteger el espacio público, la tranquilidad y los derechos de toda la ciudadanía.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), núm. 103, 18 de agosto de 2026, Sección I. Disposiciones generales, pág. 44921 (referencia oficial: núm. 8185).