Diario Oficial (Colombia) · 05 Oct 2026 · 18 vistas
CAM amplía caudal de La Nutria para el acueducto de Baraya
Por FactBox Admin

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) amplió a 25,57 litros por segundo (lps) el caudal concesionado de la quebrada La Nutria para el acueducto del municipio de Baraya, en el Huila. La medida consta en la Resolución número 2459 de 2026, del 27 de agosto, publicada en el Diario Oficial del lunes 5 de octubre de 2026 (Edición 53.649, pág. 35). El nuevo caudal se destina a consumo humano y uso doméstico de una población proyectada de 11.622 habitantes.
La decisión fue adoptada por la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental de la CAM, en ejercicio de las funciones conferidas por la Ley 99 de 1993 y por la Resolución número 4041 de 2017, modificada por las resoluciones 104 de 2019, 466 de 2020, 2747 de 2022 y 864 de 2024. El expediente PCA-00536-25 llegó a la corporación mediante memorando con Radicado CAM número 718 del 26 de marzo de 2026, remitido por la Dirección Territorial Norte, y el concepto técnico favorable es del 17 de agosto de 2026. La resolución modifica la Resolución número 3305 del 6 de octubre de 2025, que a su vez había modificado la Resolución número 1194 del 9 de mayo de 2019, con la que se reglamentó el uso y aprovechamiento de las aguas de la quebrada La Nutria.
El caudal que abastecerá a Baraya
El artículo primero de la Resolución número 2459 de 2026 amplía el permiso de concesión de aguas superficiales de la quebrada La Nutria, que discurre por el municipio de Baraya, en una cantidad de 25,57 lps para consumo humano y uso doméstico. El cálculo se hizo con una proyección de crecimiento poblacional a 25 años de 11.622 habitantes, obtenida por método geométrico a partir de los 1.771 suscriptores actuales del acueducto municipal, con cuatro habitantes por vivienda.
El titular de la concesión es la Empresa de Servicios Públicos del Municipio de Baraya Huila “Empubaraya” E. S. P., con NIT 813013343-7, cuya gerente general es Jessica Alexandra Medina Torres. El punto de captación se ubica en las coordenadas planas 896443E 840821N y el predio corresponde al código CAM 106100100001.
Obligaciones, plazos y control del caudal
- Presentar, en un término de 60 días tras la ejecutoria, los planos y el diseño estructural e hidráulico de una obra de control de caudal.
- Instalar un sistema de medición de caudal que permita a la autoridad ambiental verificar los volúmenes captados.
- Respetar el caudal ambiental (ecológico) de la fuente, resguardando la sostenibilidad aguas abajo de la captación.
- Tramitar previamente el permiso de ocupación de cauce para las estructuras proyectadas.
- Usar las aguas en un plazo máximo de dos años, so pena de iniciar la caducidad de la concesión.
- Ejecutar el PUEAA aprobado, con una duración de cinco años y actualización quinquenal.
- Pagar la tasa por uso del agua y reportar a la Subdirección Administrativa y Financiera de la CAM.
- Mantener una franja de protección de hasta 30 metros a cada lado del cauce y de 100 metros alrededor del nacimiento.
Otras concesiones ajustadas en el Huila
En la misma edición del Diario Oficial, la CAM publicó otras decisiones sobre el recurso hídrico del departamento:
- Resolución número 2408 de 2026: niega la modificación de la reglamentación para otorgar concesión de la quebrada La Guagua a Miguel Alexis Ortiz Vargas, por tratarse de suelo urbano en área de interés ambiental.
- Resolución número 2409 de 2026: aprueba el traspaso de la concesión del río Neiva a Flora Sánchez Losada, con 7,76 litros por segundo para uso agrícola en el predio “Parcela número Ocho (8)”, en Campoalegre.
- Resolución número 2445 de 2026: otorga 3,31 lps de la quebrada Nilo a Carmen Perdomo Tovar para uso agrícola, piscícola y doméstico en Palermo.
- Resolución número 2454 de 2026: concede 14,0 litros por segundo del río Tune a Evangelina Calderón Penna, Carlos Alberto Silva Calderón y Paola Andrea Fierro Calderón en el predio “Villa Lorena”, vereda La Urriaga.
- Resolución número 2463 de 2026: otorga 2,26 lps del río Neiva a Laura María Medina Flórez para uso pecuario (piscicultura) en Campoalegre.
La quebrada La Nutria
Según los antecedentes de la propia resolución, la quebrada La Nutria es una corriente de uso público que nace a 2.400 metros sobre el nivel del mar, en tierras de la hacienda Pensilvania, con una extensión total de 6.445 hectáreas. Su recorrido aproximado es de 38,35 kilómetros hasta tributar sus aguas a la margen derecha del río Guarocó, a una altura de 553 metros sobre el nivel del mar.
La ampliación del caudal asegura el abastecimiento de agua potable de Baraya con una proyección a 25 años, en un departamento donde la CAM concentra buena parte de sus actos administrativos en el ordenamiento del uso del agua. Las obligaciones de medición, control y ahorro impuestas a Empubaraya buscan que el nuevo caudal no comprometa el caudal ecológico de la quebrada ni los usos agrícolas aguas abajo.
Fuente: Diario Oficial, Edición 53.649 del lunes 5 de octubre de 2026, sección I (Corporaciones Autónomas Regionales), pág. 35 (referencia oficial: Resolución número 2459 de 2026).