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Boletín Oficial de Canarias · 14 Oct 2026 · 4 vistas

Calidad Ambiental avala la planta fotovoltaica Lopesan III de Maspalomas

Por FactBox Admin

Calidad Ambiental avala la planta fotovoltaica Lopesan III de Maspalomas

La Dirección General de Calidad Ambiental ha formulado el Informe de Impacto Ambiental del proyecto “Planta fotovoltaica de autoconsumo Lopesan III”, promovido por Maspalomas Resort, S.L. en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, en Gran Canaria. La resolución, firmada el 10 de agosto de 2026 por el director general Ángel Pablo Montañés Ríos, concluye que la instalación no producirá efectos adversos significativos sobre el medio ambiente y que no es necesario someterla a evaluación de impacto ambiental ordinaria. El texto se publica en el Boletín Oficial de Canarias núm. 205, de 14 de octubre de 2026, dentro de la sección III. Otras Resoluciones, con el número de expediente 37/2025-0716115641.

El pronunciamiento se enmarca en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, cuyo artículo 7.2.a) obliga a pasar por el procedimiento simplificado a los proyectos del Anexo II. El expediente se encuadra en el Grupo 4 “Industria energética”, letra b), relativo a la construcción de líneas eléctricas de tensión igual o superior a 15 kV y longitud superior a 3 km. El órgano sustantivo es la Dirección General de Energía, que remitió la solicitud de inicio el 2 de julio de 2025, mientras que el órgano ambiental es la Dirección General de Calidad Ambiental, adscrita a la Consejería de Transición Ecológica y Energía.

El trámite de consultas se abrió el 31 de julio de 2025 y se saldó con ocho informes sectoriales incorporados al expediente y ninguna alegación de personas interesadas.

Una instalación de autoconsumo para el complejo de Meloneras

El proyecto prevé una planta solar conectada a red sin vertido, cuyo punto de conexión es el centro de transformación de abonado del Hotel Costa Meloneras. Sus características principales son:

  • Potencia nominal de 5.196 kWn y potencia pico de 6.001,20 kWp.
  • Producción anual estimada de 10.441.622 kWh.
  • 10.002 módulos fotovoltaicos de 600 Wp sobre estructuras de aluminio hincadas al terreno.
  • 15 inversores de 346,40 kWn y tres centros de transformación privados.
  • Línea subterránea de media tensión de 20 kV y 3.231 m hasta el centro de transformación del hotel.
  • Superficie de captación de 25.837,69 m² y superficie intervenida de aproximadamente 4,80 ha.

La planta se ubica en el Polígono 17, parcelas 132, 133 y 134, junto a las instalaciones ya operativas Lopesan I (5 MWp) y Lopesan II (3 MWp), al norte de la autopista GC-1, a la altura del kilómetro 49. La ejecución se reparte en dos fases durante unos 24 meses y la vida útil estimada es de 30 años.

Dos reparos sectoriales y su resolución

El Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria informó desfavorablemente el 28 de octubre de 2025, al considerar que la prospección arqueológica no era sistemática ni de cobertura total y carecía de autorización. Tras presentarse un nuevo estudio coordinado por Evalúa Soluciones Ambientales, S.L., el mismo servicio emitió el 2 de febrero de 2026 un informe favorable condicionado.

El Servicio Técnico de Obras Públicas e Infraestructuras del Cabildo de Gran Canaria se pronunció en contra de los elementos situados en las franjas de protección de la GC-1, al proyectarse a menos de 35 m de la calzada, e informó favorablemente del cruce subterráneo de la línea de evacuación.

También intervinieron el Servicio de Sanidad Ambiental, que advirtió de niveles acústicos de entre 85 y 95 dB(A) en obra y de la pérdida de calidad paisajística por acumulación de instalaciones, y el Servicio de Biodiversidad, que señaló la presencia potencial de avifauna esteparia protegida y de especies exóticas invasoras como el rabogato y la culebra real de California.

Condiciones ambientales y vigencia del informe

El anexo de la resolución impone medidas adicionales de obligado cumplimiento:

  • Control de la calidad del aire y suspensión de trabajos con viento intenso o calima, con atención al entorno del Hospital San Roque Maspalomas.
  • Mediciones acústicas quincenales y campaña de medición de campos electromagnéticos en la fase inicial de funcionamiento.
  • Comunicación previa al Servicio de Patrimonio Histórico con diez días de antelación y control arqueológico continuado a pie de obra.
  • Prospecciones previas de Pimelia granulicollis, protección de los reductos de tarajal y delimitación de la vegetación de interés.
  • Redacción de un Programa de Vigilancia Ambiental definitivo antes del inicio de las obras.

El informe perderá su vigencia si el proyecto no es autorizado en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. La resolución se notificará a la Dirección General de Energía, a Maspalomas Resort, S.L., al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y al Cabildo de Gran Canaria.

Un aval ambiental con impacto en el sector turístico

El visto bueno ambiental despeja el camino administrativo de una instalación que, según los cálculos del documento ambiental, cubrirá cerca del 60% de la demanda eléctrica de las instalaciones asociadas y evitará la emisión de unas 5.440.085,06 kg de CO₂ al año. Para el sur de Gran Canaria, zona de fuerte concentración turística y energética, la resolución fija las condiciones con las que el autoconsumo fotovoltaico puede crecer sin comprometer la avifauna esteparia, el patrimonio arqueológico ni la calidad de vida de los residentes.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 205, de 14 de octubre de 2026, sección III. Otras Resoluciones, pág. 37046 (referencia oficial: resolución n.º 3541, expediente 37/2025-0716115641).