Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 13 Oct 2026 · 10 vistas
Calidad Ambiental avala la planta de residuos de Corral-Rubio sin evaluación ordinaria
Por FactBox Admin

La Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha ha formulado el informe de impacto ambiental del proyecto de planta de almacenamiento y procesado intermedio de residuos promovido por Ricardo Rodríguez González en el término municipal de Corral-Rubio (Albacete). La resolución, de 2 de octubre de 2026, concluye que la instalación no necesita someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria al estimarse que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. El texto se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 196, de 13 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/7222 y el número de expediente S478/2026/DG/00103.
La decisión se adopta al amparo del artículo 6.2 de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, que somete determinados proyectos a evaluación simplificada para determinar si tienen efectos significativos. La actuación está contemplada en el anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, actualizada por el Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, en el grupo 9, apartado b), relativo a instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I.
La tramitación arrancó el 9 de octubre de 2025, cuando tuvo entrada en la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 la solicitud de inicio y el documento ambiental. El 15 de octubre de 2025 la documentación se trasladó a la Dirección General de Calidad Ambiental como órgano ambiental. Tras un requerimiento de información complementaria el 25 de marzo de 2026, el promotor presentó un nuevo documento ambiental en abril de 2026, que es el tomado como referencia. El 19 de mayo de 2026 se notificó al promotor que la documentación estaba completa.
Características técnicas de la instalación
El proyecto se emplazará en la parcela 67 del polígono 2, sobre suelo rústico, a unos 1.900 metros al sureste del casco urbano de Corral-Rubio, tomando como referencia la piscina municipal. Las principales dotaciones previstas son:
- Solera impermeable de 511,36 m², con coeficiente de permeabilidad igual o inferior a 1 × 10⁻⁹ m/s y pendiente del 2,5 % hacia la recogida de lixiviados.
- Estercolero de 20 × 25 metros, con pavimento y muros de hormigón impermeabilizados, elevado 10 centímetros sobre el terreno.
- Balsa independiente de lixiviados y aguas pluviales de 63 m³ (3 × 14 × 1,5 metros), en hormigón armado, con vallado metálico de 1,50 metros, rampa de rescate de 3 metros y detección de fugas mediante zanja drenante y pozo de registro.
- Cerramiento perimetral metálico de 2 metros de altura.
La capacidad de tratamiento estimada es de 1.204 toneladas anuales de estiércol ganadero, con unos 3,5 ciclos al año de 100 días de duración media. Cada ciclo almacenará 491,4 m³, equivalentes a unas 344 toneladas considerando una densidad de 0,7 t/m³, y se prevé una producción de 671 toneladas anuales de compost. El material se dispondrá en tres hileras de 23,4 metros separadas por pasillos de 3,20 metros.
Consultas, alegaciones y condicionantes
El órgano ambiental formuló consultas previas a 16 organismos e instituciones, entre ellos el Ayuntamiento de Corral-Rubio, la Confederación Hidrográfica del Segura, la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, WWF/Adena, Ecologistas en Acción Albacete y la Sociedad Albacetense de Ornitología. La Asociación Ecología y Libertad presentó alegaciones el 29 de junio de 2026 cuestionando la consideración de la IBA ES182 «Pétrola-Almansa-Yecla», el riesgo de contaminación de aguas subterráneas, el análisis de alternativas y los efectos sobre fauna, población y olores. La resolución rechaza estos reparos y considera suficientes la impermeabilización mediante hormigón y la recogida de lixiviados en balsa.
El informe incorpora un condicionado ambiental detallado. Entre las obligaciones destacan:
- Remitir un informe preliminar de la situación de suelos en un plazo no superior a dos años desde el inicio de la actividad.
- Obtener la autorización de gestión de residuos ante la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 y la autorización y registro como establecimiento Sandach de categoría II.
- Disponer de la autorización administrativa como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, grupo B, código 09 10 05 01.
- Notificar la fecha de inicio de la actividad con al menos 10 días de antelación y designar un responsable del programa de vigilancia.
- Presentar informes de seguimiento en el primer trimestre de cada año durante los tres primeros años de funcionamiento.
- Elaborar un plan de cierre y desmantelamiento antes de finalizar la actividad.
El Servicio de Protección Ciudadana de Albacete señaló como riesgos a considerar el incendio forestal y el sísmico, de intensidad moderada-baja, mientras que el Servicio de Medio Natural concluyó el 17 de julio de 2026 que no se prevén afecciones significativas. El informe pierde su vigencia a los cuatro años de su publicación, prorrogables por dos más, y no es recurrible de forma autónoma.
La resolución afecta directamente a los vecinos de Corral-Rubio y al sector de gestión de residuos de la provincia: despeja el camino administrativo para una instalación de valorización de estiércoles que producirá compost para uso agrícola, pero la somete a un seguimiento ambiental periódico y a la obtención previa de las autorizaciones sectoriales de residuos, atmósfera y Sandach antes de iniciar la actividad.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 196, de 13 de octubre de 2026, sección III, pág. 36430 (referencia oficial: 2026/7222).