BOP de Girona · 01 Sep 2026 · 2 vistas
Cadaqués aprueba definitivamente el reglamento de la Escuela Infantil Es Papanell
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cadaqués ha aprobado definitivamente el Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Infantil Municipal Es Papanell, un texto que regula la organización y el funcionamiento del servicio educativo municipal. El acuerdo se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (núm. 168, del 1 de septiembre de 2026, edicto 7745, CVE BOP-2026_0_168_7745, pág. 1-12), con el expediente X2026000975.
Al no haberse presentado ninguna reclamación durante el plazo de exposición pública, el acuerdo plenario inicial aprobatorio ha quedado automáticamente elevado a definitivo, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985 reguladora de las bases del régimen local y del artículo 66.1 del Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales (Decreto 179/1995). El texto, firmado electrónicamente por la alcaldesa Maria Pia Seriñana Torrents, entrará en vigor una vez transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la publicación íntegra.
Un servicio educativo de titularidad municipal
La Escuela Infantil Es Papanell es un centro público de titularidad del Ayuntamiento de Cadaqués, con el apoyo y la subvención del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya. Imparte el primer ciclo de educación infantil y acoge niños de 4 meses a 3 años, con una capacidad máxima autorizada de 36 plazas.
Las ratios por unidad quedan fijadas según la edad:
- Niños menores de un año (0-1): hasta 8 niños por unidad.
- Niños de un a dos años (1-2): hasta 13 niños por unidad.
- Niños de dos a tres años (2-3): hasta 20 niños por unidad.
Organización pedagógica y atención a la diversidad
El reglamento establece que cada grupo dispone de una educadora tutora de referencia y una auxiliar compartida entre los dos niveles. El centro procurará la atención educativa a los niños con necesidades específicas de apoyo educativo (NESE), de acuerdo con los recursos disponibles y en coordinación con los servicios educativos y sociales, respetando en todo momento las ratios legales.
En cuanto al servicio de comedor, de carácter complementario y voluntario, las familias traerán la comida de casa en fiambrera dentro de una bolsa térmica marcada con el nombre. El centro facilitará los espacios para el calentamiento seguro de los alimentos, y las familias deberán comunicar cualquier intolerancia o alergia mediante informe médico.
Acceso, baremación y horarios
La admisión de alumnos se hará por baremación cuando las solicitudes superen las plazas disponibles, con criterios objetivos:
- Residencia (empadronamiento o lugar de trabajo en el municipio): 30 o 15 puntos.
- Situación laboral de la unidad familiar (ambos progenitores o familia monoparental con actividad laboral): 25 puntos.
- Existencia de hermanos matriculados en el centro: 20 puntos.
- Familia numerosa o monoparental: 10 puntos.
En caso de empate se realizará un sorteo público. El horario general del centro es de 8.45 h a 17.00 h, con franjas de entrada y salida por la mañana, mediodía y tarde, y el servicio de comedor de 12.15 h a 13.00 h. Se establecen cinco periodos de inscripción a lo largo del curso (septiembre, enero, abril, julio y casalet de verano).
Derechos, deberes e impacto para las familias
El texto recoge los derechos de los niños a una educación integral en un entorno seguro y afectivo, y los deberes de las familias de respetar los horarios y mantener una comunicación fluida con el equipo educativo. La publicación de imágenes de los niños requerirá el consentimiento expreso de las familias, de acuerdo con la normativa de protección de datos.
Con esta aprobación, Cadaqués dota de seguridad jurídica el funcionamiento cotidiano de su escuela infantil municipal, un servicio clave para la conciliación familiar y laboral de las familias del municipio, que ahora disponen de un marco normativo claro sobre acceso, horarios, cuotas y convivencia en el centro.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 168, 1 de setembre de 2026, secció Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-12 (referència oficial: CVE BOP-2026_0_168_7745, expedient X2026000975).