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BOP de Guadalajara · 09 Sep 2026 · 1 vistas

Budia aprueba la ordenanza que regula sus encierros tradicionales de toros

Por FactBox Admin

Budia aprueba la ordenanza que regula sus encierros tradicionales de toros

El Ayuntamiento de Budia ha aprobado definitivamente la Ordenanza reguladora de medidas de control sobre la organización, desarrollo y participación en los encierros tradicionales de toros por el campo de Budia, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 172, de 9 de septiembre de 2026. La norma, firmada en Budia el 4 de septiembre de 2026 por el alcalde, Don David Nicolás Cuevas, entrará en vigor el día siguiente a su exposición pública en el boletín si no se presentan alegaciones.

La ordenanza se dicta en virtud de las competencias municipales reconocidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y se ajusta a la normativa autonómica de Castilla-La Mancha: la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, y el Decreto 38/2013, por el que se aprueba el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares, modificado por el Decreto 73/2014, de 1 de agosto, y el Decreto 60/2016, de 11 de octubre. Su finalidad es garantizar tres principios: la seguridad de las personas y los bienes, la protección de los animales y el respeto a la tradición local.

Dos planes de encierro por el campo

La ordenanza distingue dos planes de recorrido. El Plan de Encierro A parte de los toriles portátiles del paraje de Las Cañadillas, con suelta en los parajes de Pozo de La Virgen, Las Cañadillas, Los Corrales de Mariana y El Olmillo; al no existir una zona con seguridad suficiente, todos los asistentes se consideran participantes. El Plan de Encierro B arranca de los corrales fijos de la plaza de toros móvil de la Plaza de España y discurre por las calles San Pedro y Teniente Verde y el Camino de Fuente Larga, con suelta en parajes como El Abubillo, Alto del Arenal, Peña Redonda, La Esmota, Los Montecillos, El Cabezo, El Mariposo, Monte del Olivar, El Carbonal, La Calzada y el Camino de Peñalver, con espectadores en las gradas de la plaza.

Medidas de seguridad y control

La conducción de las reses exige un dispositivo mínimo de seguridad:

  • 6 caballistas con experiencia en conducción de reses bravas.
  • 6 vehículos de la organización para refugio de participantes y reconducción.
  • 3 cabestros como mecanismo de control ante el riesgo de que las reses abandonen la zona de suelta.
  • 15 colaboradores voluntarios como mínimo en los encierros por el campo, habilitados e identificados por el Ayuntamiento.
  • Distancia de seguridad de al menos 200 metros entre la manada y el resto de participantes.

La duración máxima del encierro será de tres horas, y el presidente podrá adoptar en los treinta minutos siguientes las medidas para su conclusión ante situaciones de especial riesgo. La presidencia del festejo corresponde al alcalde, que puede delegar en un concejal, y contará con un director de lidia profesional inscrito en las secciones I o II, o con categoría de banderillero de la sección V.

Participación, prohibiciones y régimen sancionador

La edad mínima para participar en el espectáculo se fija en dieciséis años, y quedan excluidas las personas en estado de embriaguez, intoxicadas por estupefacientes o con síntomas de enajenación mental. Se prohíbe herir, pinchar, golpear o tratar cruelmente a las reses, así como recortarlas o acosarlas con objetos o vehículos. Desde una hora antes del inicio queda prohibida la circulación de vehículos a motor y caballistas no autorizados por el recorrido. El régimen sancionador aplicable es el previsto en la Ley 7/2011, de 21 de marzo, y la nueva ordenanza deroga la anterior regulación municipal.

La aprobación de esta ordenanza consolida el marco jurídico de unos festejos profundamente arraigados en la localidad, equilibrando la protección de los participantes y de las reses con la preservación de la tradición. Para los vecinos y visitantes de Budia, la norma aporta previsibilidad y seguridad en cada edición de sus encierros por el campo.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 172, 9 de septiembre de 2026, sección Ayuntamientos (referencia oficial: documento 2026_2337, Ayuntamiento de Budia).