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Moniteur Belge · 21 Aug 2026 · 6 vistas

Bruselas flexibiliza la norma de acreditación para los centros de cuidados psiquiátricos

Por FactBox Admin

La Assemblée réunie de la Commission communautaire commune de Bruselas ha flexibilizado el requisito de acreditación para los establecimientos que se hacen cargo del público objetivo de los centros de cuidados psiquiátricos, mediante una ordenanza del 23 de julio de 2026 publicada en el Moniteur belge del 21 de agosto de 2026 bajo la referencia C-2026/005661. El texto modifica la ordenanza del 23 de noviembre de 2023 sobre los centros de cuidados psiquiátricos (maisons de soins psychiatriques), suavizando las condiciones bajo las cuales dichas instalaciones pueden operar.

La ordenanza fue adoptada por la Assemblée réunie y sancionada por el Collège réuni, y fue firmada en Bruselas el 18 de julio de 2026. Regula una materia comprendida en el artículo 135 de la Constitución, tal como se establece en su primer artículo.

Un requisito de acreditación más ligero

El cambio fundamental se establece en el artículo 2, que redacta nuevamente el artículo 15 de la ordenanza del 23 de noviembre de 2023. La redacción anterior exigía que los establecimientos hubieran sido “previamente acreditados de acuerdo con el artículo 14 o previamente autorizados por el Collège réuni de acuerdo con el artículo 5”. Esa condición es sustituida por el requisito más sencillo de “poseer una acreditación que permita la atención adaptada para estas personas”.

En la práctica, la reforma elimina la obligación de una acreditación o autorización previa y específica para las instalaciones que atienden al público objetivo de un centro de cuidados psiquiátricos, sustituyéndola por una acreditación general que permita la atención adaptada. El cambio tiene como objetivo reducir las cargas administrativas para los operadores de salud mental, preservando al mismo tiempo la garantía de una atención adecuada para los pacientes.

Quiénes se ven afectados

La ordenanza afecta a los establecimientos que se hacen cargo del público objetivo de un centro de cuidados psiquiátricos, es decir, a las instalaciones y operadores activos en el sector de la salud mental en Bruselas:

  • los centros de cuidados psiquiátricos y los establecimientos que atienden a su público objetivo;
  • los pacientes que reciben atención psiquiátrica adaptada;
  • los operadores de salud mental y gestores de instalaciones sujetos al régimen de acreditación.

El artículo 1 confirma que la ordenanza regula una materia asignada a la Commission communautaire commune en virtud del artículo 135 de la Constitución. El texto fue promulgado y se ordenó su publicación en el Moniteur belge, y fue firmado por el Miembro del Collège réuni encargado de Acción Social, Salud y Función Pública.

La reforma forma parte de un ajuste más amplio del marco de Bruselas para la atención psiquiátrica, tras la ordenanza anterior del 23 de noviembre de 2023 que estableció el régimen de acreditación para los centros de cuidados psiquiátricos. Al sustituir el requisito de acreditación previa por una acreditación general que permita la atención adaptada, la nueva ordenanza otorga a los operadores una mayor flexibilidad, manteniendo el enfoque en la calidad de la atención brindada a los pacientes.

Para los lectores, el cambio es importante porque afecta directamente a la forma en que se reconocen y regulan los centros de acogida psiquiátricos y los establecimientos relacionados en la Región de Bruselas-Capital. Los operadores ya no necesitarán una acreditación o autorización previa independiente según los artículos anteriores, simplificando así el camino para brindar una atención psiquiátrica adaptada, mientras que los pacientes conservan la garantía de que las instalaciones que los atienden cuentan con una acreditación adecuada a sus necesidades.


Fuente: Moniteur belge, N. 187, 21 August 2026, p. 45918 (referencia oficial: C-2026/005661).