Boletín Oficial de la República Argentina · 09 Sep 2026 · 1 vistas
Bonifican el peaje del Canal Martín García en la vía navegable troncal
Por FactBox Admin

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) prorrogó con carácter retroactivo la bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje de la Vía Navegable Troncal para todos los buques que hagan uso del Canal Martín García. La decisión quedó formalizada en la Resolución 54/2026 (referencia RESOL-2026-54-APN-ANPYN#MEC), firmada el 8 de septiembre por el director ejecutivo del organismo, Iñaki Miguel Arreseygor, y publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina del 9 de septiembre de 2026.
La bonificación se aplica al trayecto comprendido entre la Sección 0.0 y la Sección 1.2, en ambos sentidos, del “Contrato de Concesión de la Vía Navegable Troncal” suscripto el 2 de septiembre de 2021. La medida rige de manera retroactiva desde el 1 de septiembre de 2026 y se mantendrá hasta que la contratista de la Licitación Pública N° 1/2025 tome posesión de la concesión.
Antecedentes de la bonificación
La nueva medida prorroga un beneficio ya otorgado por la Resolución N° 42 del 16 de julio de 2026 de la propia ANPYN, que bonificó la misma tarifa y trayecto en idéntico porcentaje. Según los considerandos, la prórroga responde al vencimiento del plazo previsto en aquella resolución y a los resultados obtenidos durante su vigencia, en el marco del reordenamiento de las actividades en el Río de la Plata para el mantenimiento de las condiciones de navegabilidad y el ordenamiento del tráfico.
El marco normativo se completa con una serie de disposiciones previas:
- Decreto N° 427 (30/06/2021): otorgó a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado la concesión de operación, señalización, dragado y control hidrológico de la vía.
- Decreto N° 699 (05/08/2024): declaró servicio público las actividades de dragado, mantenimiento, señalización y balizamiento de las vías navegables de jurisdicción nacional.
- Decreto N° 709 (08/08/2024): delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de llamar y adjudicar la licitación por peaje.
- Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3 (03/01/2025): creó la ANPYN como ente autárquico y continuadora jurídica de la ex Subsecretaría.
Alcance y vigencia de la medida
La bonificación alcanza a todos los buques que transiten por el Canal Martín García, uno de los accesos fluviales al sistema de la Vía Navegable Troncal. El artículo 2° de la resolución fija su vigencia retroactiva desde el 1 de septiembre de 2026 y la condiciona a la toma de posesión por parte de la contratista de la Licitación Pública N° 1/2025, momento en que el beneficio dejará de aplicarse.
El artículo 3° dispone la comunicación de la medida a la Administración General de Puertos SAU -en liquidación-, que intervino en el trámite. La resolución se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3 de 2025.
Impacto para el transporte de cargas
La prórroga de la bonificación tiene un efecto directo sobre el costo del transporte fluvial de cargas que utiliza el Canal Martín García, aliviando el peaje en un tramo estratégico de la hidrovía. Al aplicarse con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre, los armadores y operadores que ya transitaron el canal en ese período podrán verse alcanzados por el beneficio, en un contexto de transición hacia la nueva concesión de la vía navegable.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 9 de septiembre de 2026, sección primera (referencia oficial: RESOL-2026-54-APN-ANPYN#MEC).