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La Gaceta — Diario Oficial · 20 Oct 2026 · 4 vistas

Bomberos abre postulaciones para elegir un miembro de su Consejo Directivo

Por FactBox Admin

Bomberos abre postulaciones para elegir un miembro de su Consejo Directivo

El Tribunal Electoral del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica abrió el proceso de recepción de postulaciones para optar por el cargo de miembro del Consejo Directivo de la institución. La convocatoria se publicó en La Gaceta Nº 198 del martes 20 de octubre de 2026 y estará vigente del 29 de octubre al 10 de noviembre de 2026, con las 16:00 horas como fecha límite para inscribir candidaturas y documentación.

El aviso se ampara en el artículo 50 del Reglamento a la Ley N° 8228, emitido mediante el Decreto Ejecutivo N° 37615-MP, y aparece en la sección de avisos del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica con la referencia oficial IN202601133738. La inserción es por una sola vez y está firmada por Gabriel Delgado Ramírez, presidente del Tribunal Electoral.

Del 29 de octubre al 10 de noviembre: el calendario de inscripción

Las personas interesadas deberán presentar su postulación conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en la normativa vigente, según el texto oficial. El Tribunal Electoral fijó las siguientes condiciones:

  • Apertura de la recepción de postulaciones: 29 de octubre de 2026.
  • Fecha límite para la recepción de inscripciones y documentación: 10 de noviembre de 2026, a las 16:00 horas.
  • Canal para consultas sobre el trámite de inscripción: el correo electrónico tribunalelectoralbcb@bomberos.go.cr.
  • Modalidad de publicación: una sola vez en el diario oficial.

El aviso no detalla en el texto publicado el número de plazas por proveer ni el periodo de vigencia del nombramiento; remite, para ambos extremos, a la normativa que rige el proceso.

El órgano que convoca y el marco normativo

El llamado lo hace el Tribunal Electoral del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, instancia que ya había comunicado en este mismo año otras etapas del calendario electoral de la institución. El sustento normativo es el Reglamento a la Ley N° 8228, norma que organiza el gobierno del cuerpo de bomberos y que fue emitida bajo el Decreto Ejecutivo N° 37615-MP.

El artículo 50 de ese reglamento es la base específica invocada para abrir la recepción de postulaciones al Consejo Directivo, órgano de gobierno cuya integración se renueva por esta vía.

Antecedente: una elección que ya quedó firme

El 16 de setiembre de 2026, en La Gaceta Nº 174, el mismo Tribunal Electoral informó —con la referencia IN202601119304— que a partir del 18 de agosto de 2026 había tomado firmeza el proceso electoral mediante el cual los funcionarios del Cuerpo de Bomberos, reunidos en la Asamblea Nacional de Representantes, eligieron a Juan Diego Castro Fernández como representante de la organización ante el Consejo Directivo del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica.

Ese antecedente confirma que la integración del Consejo Directivo se define por dos rutas paralelas: la representación que escoge la Asamblea Nacional de Representantes y las plazas que se proveen por concurso de postulaciones, como la que ahora se abre.

Por qué importa esta convocatoria

El Consejo Directivo no es una instancia simbólica: es el órgano que aprueba la normativa técnica de la institución. El Reglamento Nacional de Protección contra Incendios, por ejemplo, rige desde su aprobación por ese Consejo Directivo en la sesión Nº 0163 del 29 de octubre de 2020, según consta en el Alcance Nº 113 de 26 de agosto de 2026.

De ahí que la plaza que se disputa en noviembre tenga efecto directo sobre las reglas de seguridad humana y protección de la propiedad que se aplican a edificaciones, comercios y actividades productivas en todo el país. Para los funcionarios del cuerpo, además, el concurso es la vía formal para incidir en la conducción de su propia institución.


Fuente: La Gaceta, Nº 198 del 20 de octubre de 2026, sección Avisos, pág. 55 (referencia oficial: IN202601133738).