Boletín Oficial de Bizkaia · 16 Sep 2026 · 7 vistas
Ayudas al patrimonio etnográfico de Bizkaia con un límite presupuestario de 46.000 euros
Por FactBox Admin

La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado el Decreto Foral 79/2026, de 10 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de 2026 de las subvenciones forales para la realización de actividades en el ámbito de la conservación, investigación y difusión del patrimonio etnográfico de Bizkaia. La norma ha sido publicada hoy, 16 de septiembre, en el Boletín Oficial de Bizkaia, número 177, y la convocatoria recogida en el mismo cuenta con un presupuesto límite de 46.000 euros. El texto completo se encuentra recogido con la referencia BOB-2026a177-(I-1027), y el resumen de la convocatoria en el extracto con referencia BOB-2026a177-(I-1076).
Leixuri Arrizabalaga Arruza, diputada foral de Euskera, Cultura y Deporte, ha firmado el decreto, que también cuenta con la firma de la diputada general Elixabete Etxanobe Landajuela. La norma tiene como base la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, que reconoce a las instituciones forales la competencia para impulsar medidas de fomento económico para la conservación y rehabilitación del patrimonio cultural. La Diputación ha explicado que el patrimonio etnográfico está compuesto en Bizkaia por los lugares, edificios e instalaciones utilizados históricamente, los bienes muebles que son indicadores de tradiciones culturales, los conocimientos heredados del pasado y el patrimonio inmaterial.
A quién va dirigida la convocatoria
La convocatoria cuenta con dos grupos de beneficiarios:
- Personas físicas, siempre y cuando no desarrollen el proyecto como consultores o investigadores profesionales.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Bizkaia, siempre que su objeto esté vinculado a las tradiciones culturales y al patrimonio etnográfico de Bizkaia y estén inscritas en el registro correspondiente.
Los solicitantes deberán cumplir los requisitos el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el procedimiento hasta la entrega de la justificación de la subvención. Las entidades sin ánimo de lucro no podrán recibir la ayuda si han sido sancionadas por discriminación sexual o contra personas LGTBI, ni si no cumplen la normativa vigente en materia de igualdad.
Actividades subvencionables
Las subvenciones se destinarán a actividades realizadas a lo largo de 2026, y se admitirán cinco tipos de iniciativas:
- Realización de congresos, jornadas, seminarios o cursos que tengan como eje el patrimonio etnográfico de Bizkaia.
- Investigación, documentación, interpretación y análisis sobre el patrimonio etnográfico.
- Catalogación y registro del patrimonio etnográfico.
- Conservación, restauración o puesta en valor del patrimonio etnográfico.
- Divulgación, publicación y difusión del patrimonio etnográfico.
Quedarán excluidas de la convocatoria las actividades dirigidas únicamente a un colectivo restringido, aquellas que tengan como único objetivo la creación audiovisual, la producción editorial o las artes plásticas, la educación, el bienestar social, el medio ambiente, la juventud, el ocio, el deporte o el tiempo libre, los viajes y excursiones, y las actividades realizadas por la Diputación u otras administraciones públicas.
Límite de 46.000 euros y cuantía de la ayuda
El presupuesto máximo es de 46.000 euros, y se distribuye en dos partidas:
- Para subvenciones a personas físicas, 30.000 euros, a cargo de la partida 0404 G/336107/46999 2007/0157 de 2026.
- Para subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, 16.000 euros, a cargo de la partida 0404 G/336107/45100 2007/0157 de 2026.
Dicha distribución es estimativa y podrá variar mediante orden foral antes de resolver la convocatoria. La cuantía máxima de la subvención será el 80 % del presupuesto neto del proyecto y, en ningún caso, superior a 16.000 euros, ni a la cuantía solicitada.
Plazos y valoración
El plazo para la presentación de solicitudes es de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Bizkaia; por tanto, del 17 de septiembre al 6 de octubre. Las personas físicas podrán presentar las solicitudes en el Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación (Bilbao, calle María Díaz de Haro 11) o en la sede electrónica; las entidades sin ánimo de lucro, por su parte, deberán utilizar obligatoriamente la sede electrónica.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses, a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución alguna, se entenderá que la solicitud ha sido denegada. La resolución será dictada por la Diputada Foral de Euskera, Cultura y Deporte, según la propuesta del tribunal calificador.
El tribunal calificador aplicará una puntuación máxima de 100 puntos, según los siguientes criterios:
- Calidad e interés de la intervención desde la perspectiva del patrimonio etnográfico: 30 puntos.
- Elementos innovadores de la actividad: 20 puntos.
- Repercusión y difusión externa de la actividad: 20 puntos.
- Formación, capacidad profesional o técnica del responsable y los autores de la actividad: 20 puntos.
- Inclusión de la perspectiva de género: 4 puntos.
- Trayectoria en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres: 4 puntos.
- Estar dado de alta en la plataforma Kultursistema: 2 puntos.
No serán admitidas las propuestas que no alcancen los 70 puntos.
Control y justificación
Los beneficiarios de la subvención deberán realizar la actividad completa en el ejercicio 2026, y presentar la justificación antes del 26 de febrero de 2027. Las ayudas son compatibles con subvenciones de otras administraciones o entidades, pero no podrán superar el coste de la actividad. Asimismo, las ayudas están sujetas al régimen de minimis, según el Reglamento (UE) 2023/2831, y la ayuda de minimis total que cada beneficiario pueda recibir en un periodo de tres años no podrá superar los 300.000 euros. El porcentaje máximo de subcontratación es del 90 % de la cuantía subvencionada de la actividad.
La convocatoria tiene como objetivo proteger la cadena de transmisión del patrimonio etnográfico de Bizkaia y, como ha subrayado la propia Diputación, el apoyo a estas iniciativas, además de conservar el patrimonio cultural, refuerza el tejido cultural de Bizkaia. Los interesados disponen de un plazo de 20 días únicamente para preparar y presentar las solicitudes.
Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 177, 16 de septiembre de 2026, Sección I, págs. 1-15 (referencia oficial: BOB-2026a177-(I-1027)).