Boletín Oficial de Bizkaia · 03 Sep 2026 · 2 vistas
Se ha publicado el nuevo convenio colectivo de las artes gráficas de Bizkaia
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de Bizkaia (BOB) ha publicado en su número 168, el 3 de septiembre de 2026, el nuevo convenio colectivo del sector de las artes gráficas y la industria gráfica de Bizkaia. La resolución del representante territorial de la Consejería de Economía, Trabajo y Empleo para el Trabajo y la Seguridad Social de Bizkaia establece el registro, depósito y publicación del convenio para el periodo 2026-2027. El convenio tiene el código oficial 48001555011981 y afecta a cientos de trabajadores del sector.
El convenio fue firmado el 7 de mayo de 2026 por las representaciones de las empresas y las partes sociales, y la resolución fue firmada en Bilbao el 8 de julio de 2026. Tiene una vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, y su aplicación es obligatoria en todo el territorio histórico de Bizkaia para las actividades de artes gráficas, manipulación de papel y cartón y editoriales.
Incrementos salariales y retroactivos
La principal novedad del convenio es el incremento salarial: se ha establecido una subida del 19,53% para 2026 (acumulando un 13% + 2,80% + 2,90% sobre la tabla de 2011), con efectos a partir del 1 de enero de 2026. Para el pago de los retroactivos, las empresas disponen de un plazo de tres meses contados a partir del mes siguiente a la publicación del convenio.
Para 2027, el incremento dependerá del IPC de 2026, con una garantía mínima del 2,50% y un límite del 3,50%. Si el IPC es superior al 3,50%, la diferencia se aplicará a partir del 1 de enero de 2028.
Otras medidas económicas
El convenio establece un complemento salarial extraordinario no consolidable de 3.200 euros para aquellos trabajadores que hayan permanecido en la misma empresa desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha de firma del convenio y no hayan recibido incrementos salariales. El complemento no se aplicará en empresas que hayan estado en procedimientos concursales o que hayan tenido pérdidas en 2024-2025.
- Tablas salariales para 2026, en artes gráficas: calificación 1,47 20.703,65 euros anuales; calificación 3,90 43.120,56 euros.
- En editoriales: calificación 1,47 20.860,67 euros; calificación 3,90 43.504,80 euros.
- Antigüedad: 5% por cada trienio los dos primeros y 5% por cada quinquenio posterior.
Jornada y condiciones laborales
La jornada será de 1.698 horas en 2026 y de 1.694 horas en 2027, con un máximo de 226 días laborables al año. El convenio crea una Comisión Paritaria Mixta, compuesta por seis miembros en nombre de la parte empresarial y seis en nombre de los sindicatos de los trabajadores, para velar por la interpretación y el cumplimiento del convenio.
Asimismo, el convenio incluye medidas de igualdad y no discriminación para las personas LGTBI, conforme al Real Decreto 1026/2024, y establece un protocolo contra el acoso.
Este convenio es fundamental, ya que aporta estabilidad salarial y seguridad jurídica a un sector que no se había actualizado desde 2012. La publicación oficial hace que el contenido del convenio sea exigible para todas las empresas y trabajadores, fijando la nueva base de las relaciones laborales del sector.
Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia, número 168, 3 de septiembre de 2026, sección III, págs. 1-82 (referencia oficial: BOB-2026a168-(III-137)).