FactBox.

BOP de Castellón · 17 Sep 2026 · 7 vistas

Benicàssim aprueba la ordenanza del agua con una subida del 4,35%

Por FactBox Admin

Benicàssim aprueba la ordenanza del agua con una subida del 4,35%

El Ayuntamiento de Benicàssim ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por el servicio municipal de abastecimiento de agua potable, después de que el periodo de información pública transcurriera sin reclamaciones ni sugerencias. El acuerdo, adoptado inicialmente por el Pleno en sesión ordinaria del 24 de julio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 112, de 17 de septiembre de 2026, con la referencia 04071-2026-U, y lleva la firma de la alcaldesa Susana Marqués Escoín.

La modificación tiene carácter parcial, técnico y reglado: por un lado actualiza el Anexo de tarifas aplicando el coeficiente de revisión Kt=1,0435, equivalente a un incremento del 4,35%, y por otro incorpora un procedimiento para articular las futuras actualizaciones anuales. El expediente arrancó con la Providencia de 26 de junio de 2026 y la Providencia de 14 de julio de 2026, y cuenta con informes favorables del Tesorero municipal (26 de junio de 2026) y del Secretario general (14 de julio de 2026), además de la propuesta de la Concejalía de 14 de julio de 2026. La Comisión Informativa Municipal de Gestión Política, Económica, Administrativa y Especial de Cuentas propuso el acuerdo al Pleno por mayoría de votos afirmativos.

El servicio es de titularidad municipal y se presta en régimen de gestión indirecta por la U.T.E. AGUAS DE BENICASIM, integrada por Sociedad de Fomento Agrícola Castellonense, S.A. y Fomento Benicàssim Aguas Potables, S.A.U. (CIF U19872910), adjudicataria del contrato de concesión por acuerdo plenario de 30 de agosto de 2024. La ordenanza original se aprobó inicialmente el 20 de diciembre de 2024 y se publicó en el BOP núm. 37 de 27 de marzo de 2025, con una rectificación de error material acordada el 25 de abril de 2025 y publicada en el BOP núm. 54 de 6 de mayo de 2025.

Revisión anual por decreto de Alcaldía

El nuevo artículo 7 establece que las tarifas se revisarán con carácter anual conforme a la cláusula 24ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y al propio contrato de concesión, aplicando la fórmula polinómica prevista para determinar el coeficiente Kt. La actualización se llevará a cabo mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia, previa solicitud formal de la empresa concesionaria, informe preceptivo y favorable del órgano técnico municipal responsable del seguimiento de la concesión e informe preceptivo y favorable de la Comisión de Precios de la Generalitat Valenciana, conforme al Decreto 68/2013, de 7 de junio, del Consell.

El decreto deberá detallar los índices aplicados, el coeficiente resultante y el importe actualizado de cada concepto tarifario, y se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y en la sede electrónica municipal, con efectos desde el día siguiente a su publicación. La actualización anual no exigirá tramitar un expediente de modificación plenaria de la ordenanza, aunque la Alcaldía deberá dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que celebre. La Disposición Adicional Única considera el Anexo de tarifas automáticamente actualizado a los valores de ese decreto.

Las nuevas tarifas del agua

  • Cuota de servicio: 14,98 €/trimestre para calibres de 10 y 13 mm; 22,49 € para 15 mm; 37,47 € para 20 mm; 52,45 € para 25 mm; 74,92 € para 30 mm; 149,85 € para 40 mm; 224,77 € para 50 mm; 299,69 € para 65 mm; 374,60 € para 80 mm; 524,46 € para 100 mm; y 22,49 € para aforos de 15 y 25 m³/mes.
  • Cuota de consumo: 0,1896 €/m³ hasta 45 m³ por trimestre; 0,3791 € entre 45 y 75 m³; y 0,8215 € por encima de 75 m³.
  • Mantenimiento de contadores: de 3,15 €/trimestre (calibres de 10 y 13 mm) hasta 145,62 €/trimestre (100 mm).
  • Altas nuevas: de 201,63 € (15 mm) a 4.017,46 € (100 mm), más 30,17 € por derechos de acometidas por obras y 142,41 € de cuota de contratación.

Sobre la cuota resultante de aplicar estas tarifas se aplicará el tipo de gravamen del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) vigente que corresponda.

Tramitación, entrada en vigor y recursos

En cumplimiento del artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se dio cuenta a la Administración del Estado y a la Generalitat Valenciana mediante comunicaciones que tuvieron entrada en ambas administraciones el 31 de julio de 2026, sin que ninguna presentara solicitud de ampliación de información ni requerimiento alguno. Al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias, el acuerdo se entiende definitivamente adoptado conforme al artículo 49 de la misma ley.

La ordenanza entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 70.2 en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, y continuará vigente mientras no se modifique o derogue. Contra los acuerdos de aprobación y modificación de ordenanzas fiscales cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con un plazo de interposición de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia.

La norma afecta a todos los usuarios y recibos del suministro domiciliario de agua del municipio, que verán repercutido el incremento del 4,35% en la cuota de servicio, la cuota de consumo, el mantenimiento de contadores y las altas nuevas. Además, el nuevo mecanismo de revisión anual por decreto agiliza las subidas futuras al desligarlas del trámite plenario, por lo que el recibo del agua queda sujeto a actualizaciones automáticas cada ejercicio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, núm. 112, 17 de septiembre de 2026, Administración Local (referencia oficial: 04071-2026-U).