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BOP de Alicante · 01 Sep 2026 · 1 vistas

Benferri sustituye las tasas de agua y alcantarillado por una prestación no tributaria

Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Benferri, en sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2026, aprobó inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de la prestación patrimonial pública de carácter no tributario por el uso de los servicios de abastecimiento de agua potable y alcantarillado del municipio, con sus correspondientes anexos tarifarios. El acuerdo, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 165, de 1 de septiembre de 2026 (documento 6623), queda sometido a información pública y audiencia de las personas interesadas durante 30 días.

La nueva ordenanza sustituye el modelo de tasas por una prestación patrimonial pública de carácter no tributario, un cambio de naturaleza jurídica que se coordina con la supresión provisional de la tasa por el servicio de abastecimiento de agua potable y de la tasa por el servicio de alcantarillado, así como con la derogación de las correspondientes ordenanzas fiscales.

Cambio de modelo tarifario

La ordenanza incorpora la actualización de las tarifas del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado mediante la aplicación de las fórmulas de revisión previstas en el contrato de concesión. Además, establece una cuota finalista destinada al Fondo de Renovación de las Infraestructuras Hidráulicas municipales, con el objetivo de financiar la mejora y el mantenimiento de las redes.

La efectividad de la supresión de las tasas y de la derogación de las ordenanzas fiscales quedará coordinada con la entrada en vigor de la nueva ordenanza reguladora de la prestación patrimonial no tributaria.

Plazo de alegaciones y trámite

El acuerdo se somete a información pública y audiencia de las personas interesadas por un plazo de 30 días, contado desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, conforme al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. En paralelo, y de acuerdo con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se exponen públicamente los acuerdos provisionales de supresión de las tasas y derogación de sus ordenanzas fiscales durante el mismo plazo.

Durante este período, el expediente podrá examinarse en la Secretaría del Ayuntamiento de Benferri, en la Plaza de la Constitución, n.º 1, así como a través de la sede electrónica y del Portal de Transparencia municipal. Las reclamaciones, sugerencias u observaciones podrán presentarse por:

  • El Registro General del Ayuntamiento.
  • La sede electrónica municipal.
  • Cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Efectos si no hay alegaciones

Si durante el período de información pública no se presentan reclamaciones ni sugerencias, el acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza se entenderá definitivamente adoptado, conforme al artículo 49.c) de la Ley 7/1985, sin perjuicio de la incorporación al expediente del informe preceptivo de la Comisión de Precios de la Generalitat en relación con las tarifas sometidas a intervención autonómica. Igualmente, de no presentarse reclamaciones contra los acuerdos provisionales de supresión de las tasas, estos se entenderán definitivamente adoptados según el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La medida supone un cambio relevante para los vecinos de Benferri, que verán actualizadas las tarifas del servicio de agua y alcantarillado y financiarán, a través de una cuota finalista, la renovación de las infraestructuras hidráulicas municipales, en un proceso que queda ahora abierto a la participación ciudadana durante el plazo de exposición pública.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 165, de 1 de septiembre de 2026, III. Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 6623).