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Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 02 Oct 2026 · 26 vistas

Barcelona activa la Fase 1 del Bonus Consum con 1.825.000 euros

Por FactBox Admin

Barcelona activa la Fase 1 del Bonus Consum amb 1.825.000 euros

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Barcelona, en sesión del 1 de octubre de 2026, ha aprobado la convocatoria del programa Bonus Consum Barcelona correspondiente a la Fase 1 del año 2026, dotada con 1.825.000,00 euros. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial CVE 202610147958 (págs. 1-11). El programa incentiva el consumo en los establecimientos comerciales de la ciudad mediante bonos de 10 euros y abre la adhesión a los comercios y la participación de las personas consumidoras.

La convocatoria se despliega a partir de las Bases Reguladoras de los Bonus Consum Barcelona, aprobadas por la Comisión de Gobierno el 2 de julio de 2026 y publicadas en el BOPB el 3 de julio de 2026, que quedaron definitivamente aprobadas al no presentarse alegaciones (BOPB de 28 de septiembre de 2026, CVE 202610144946). El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia no competitiva y la gestión operativa corresponde a la entidad financiera colaboradora ABANCA Corporación Bancaria, S.A., con NIF A70302039, seleccionada por el Ayuntamiento en la convocatoria publicada en el BOPB el 30 de julio de 2026.

El objeto es subvencionar la compra de bienes en establecimientos adheridos para fomentar la demanda y dinamizar la actividad económica del comercio local. El gasto se imputa a la partida presupuestaria 0706 48901 43211 del presupuesto de 2026.

Plazos y dotación económica

El plazo para la adhesión de los establecimientos comerciales se inicia al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPB y permanece abierto hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta el agotamiento de los recursos disponibles. Las personas usuarias pueden darse de alta desde la apertura de la fase de consumo hasta el agotamiento de los fondos o la finalización del programa.

La dotación máxima de la Fase 1 es de 1.825.000,00 euros, distribuida inicialmente por niveles:

  • Nivel 1: hasta 890.235 euros.
  • Nivel 2: hasta 622.325 euros.
  • Nivel 3: hasta 312.440 euros.

Esta distribución es orientativa y puede ser ajustada por el Ayuntamiento según la evolución del programa. El pago a la entidad colaboradora se realizará en dos tramos: un primero de hasta 912.500,00 euros, una vez justificados los bonos distribuidos, y un segundo hasta el importe acumulado de 1.825.000,00 euros.

Cómo funcionan los bonos

Cada bono tiene un valor de 10 euros y se aplica a compras mínimas de 30 euros efectuadas en establecimientos adheridos. Cada persona puede obtener un máximo de tres bonos durante la Fase 1:

  • Nivel 1: con el alta en el programa se obtiene automáticamente un primer bono de 10 euros.
  • Nivel 2: si el primer bono se utiliza en un plazo máximo de quince días desde su emisión, se obtiene un segundo bono de 10 euros.
  • Nivel 3: si las dos primeras compras se han efectuado en el barrio de residencia declarado por la persona usuaria, se obtiene un tercer bono de 10 euros.

Cada bono tiene una vigencia de diez días naturales desde la emisión y los no utilizados quedan automáticamente anulados, al igual que los que permanezcan pendientes al 31 de diciembre de 2026. Los bonos solo pueden utilizarse en establecimientos adheridos, para actividades subvencionables y dentro del periodo de vigencia correspondiente.

Requisitos para adherirse

Pueden adherirse al programa los establecimientos comerciales que cumplan simultáneamente los requisitos siguientes:

  • Disponer de establecimiento comercial situado en Barcelona y tener la sede social en Cataluña.
  • Tener una facturación anual inferior a 50 millones de euros.
  • Tener una superficie de venta inferior a 800 m².
  • Tener menos de 250 trabajadores.
  • Desarrollar actividades incluidas en los epígrafes admitidos en el Anexo I de las Bases Reguladoras y no estar incluido en las actividades o establecimientos excluidos.

Los comercios deben formalizar la adhesión en la plataforma habilitada por la entidad colaboradora, accesible en Barcelona.cat/bonusconsum, y asumir obligaciones como reflejar el descuento en el tique o factura, conservar la documentación justificativa durante cuatro años y utilizar la imagen corporativa del programa. Pueden participar las personas físicas mayores de edad residentes en la ciudad de Barcelona, acreditadas por el Padrón de habitantes.

Instrucción, control y recursos

La Dirección de Comercio, Restauración y Alimentación instruye el procedimiento de concesión, mientras que la competencia para resolver la concesión o denegación de los bonos corresponde a la Regidora de Comercio, Consumo y Mercados, por delegación de la Alcaldía ANY2023-20978, de 17 de junio de 2023. El Ayuntamiento puede efectuar comprobaciones e inspecciones y, en caso de incumplimiento, cancelar la adhesión de un establecimiento o exigir el reintegro de los fondos percibidos.

Contra la convocatoria, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición en el término de un mes o impugnarla directamente ante la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia de Barcelona en el término de dos meses. El acuerdo está firmado por el secretario general, Jordi Cases i Pallarès.

Para los comerciantes, la convocatoria abre una ventana de adhesión hasta final de año con un incentivo directo sobre las ventas; para los consumidores empadronados en Barcelona, supone hasta 30 euros en descuentos repartidos en tres compras. El programa llega con 1.825.000 euros de fondos públicos destinados a reactivar el comercio de proximidad y a reforzar la competitividad del tejido comercial urbano.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 2 de octubre de 2026, Administración local, pág. 1-11 (referencia oficial: CVE 202610147958).