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Diario Oficial de Galicia · 13 Aug 2026 · 10 vistas

Baralla y As Nogais comparten secretaría-intervención tras el Decreto 91/2026

Por FactBox Admin

El Consejo de la Xunta de Galicia aprobó el Decreto 91/2026, de 3 de agosto, por el que se autoriza la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Baralla y As Nogais, en la provincia de Lugo, para el mantenimiento en común del puesto de trabajo de secretaría-intervención, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional. La disposición, firmada por el presidente Alfonso Rueda Valenzuela y por el consejero de Presidencia, Justicia y Deportes, Diego Calvo Pouso, se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 152, de 13 de agosto de 2026, páginas 44403 a 44405.

Los dos ayuntamientos acordaron aprobar definitivamente la constitución de una agrupación voluntaria para mantener en común un único puesto reservado a este personal funcionario y elevaron el expediente a la Xunta de Galicia para su aprobación. La competencia para acordar la constitución y disolución de estas agrupaciones corresponde a las comunidades autónomas, de conformidad con el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y con el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.

En el ámbito autonómico, la figura se rige por los artículos 165 y siguientes de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y por los artículos 11, 12, 13 y 16 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero. En el expediente se observaron los trámites previstos y se solicitaron los informes de la Diputación Provincial de Lugo y de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como la propuesta de clasificación del puesto resultante.

Un único puesto de secretaría para dos ayuntamientos

Con la aprobación del decreto, que incluye los estatutos de la agrupación como parte integrante del expediente, Baralla y As Nogais pasan a compartir un único puesto de secretaría-intervención, fórmula pensada para garantizar la prestación del servicio en pequeños municipios con un menor coste. La competencia para aprobar la agrupación correspondió al Consejo de la Xunta de Galicia, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de régimen local, tras la deliberación en su reunión del 3 de agosto de 2026.

Puesto clasificado y personal adscrito

El puesto de trabajo reservado resultante de la agrupación se clasifica en los siguientes términos:

  • Puesto: secretaría de clase 3.
  • Subescala: secretaría-intervención.
  • Forma de provisión: concurso.
  • Nivel de complemento de destino: 28.

El decreto adscribe a Sandra Díaz Álvarez, funcionaria de la Administración local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la subescala de secretaría-intervención, al nuevo puesto de secretaría de clase 3, y revoca el nombramiento temporal que ostentaba para el desempeño del puesto reservado de secretaría de clase 3 en el Ayuntamiento de Baralla.

Plazos de recurso

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer:

  • Recurso contencioso-administrativo no prazo de dous meses desde a publicación perante a Sala do Contencioso-Administrativo do Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
  • Potestativamente, recurso de reposición no prazo dun mes perante o órgano que ditou o acto, segundo os artigos 123 e 124 da Lei 39/2015.
  • As entidades locais poderán presentar requirimento previo no prazo de dous meses, conforme ao artigo 44 da Lei 29/1998, do 13 de xullo.

A agrupación entre Baralla e As Nogais insírese na estratexia para facer sostible a xestión dos concellos de menor poboación: compartir os postos obrigatorios de habilitación nacional permite manter a calidade dos servizos públicos repartindo a carga entre varios municipios. A medida afecta directamente dous concellos da montaña luguesa e constitúe un modelo que outros pequenos concellos poden replicar.


Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 152, 13 de agosto de 2026, sección III (Outras disposicións), páx. 44403-44405 (referencia oficial: Decreto 91/2026; CVE-DOG oy1zb3v5-ugn4-0ej1-arb2-4btirw20zrb2).