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PISRS — Portal informacijskega sistema pravnih predpisov · 15 Sep 2026 · 4 vistas

El Banco de Eslovenia revoca la decisión sobre la divulgación de exposiciones dudosas

Por FactBox Admin

Bank of Slovenia revokes decision on non-performing exposure disclosure

El Consejo de Gobierno del Banco de Eslovenia ha revocado su decisión sobre la aplicación de las directrices relativas a la divulgación de exposiciones no productivas y reestructuradas, publicada en el Boletín Oficial de la República de Eslovenia (Uradni list RS) n.º 1426/2026 del 15 de septiembre de 2026. La decisión, adoptada en Liubliana el 3 de septiembre de 2026, entrará en vigor quince días después de su publicación en el boletín.

La revocación, emitida bajo la referencia 2026-01-2086, fue firmada por Primož Dolenc, Presidente del Consejo de Gobierno del Banco de Eslovenia, y lleva el número de expediente 030/2026.

Qué se está revocando

El acto deroga la Decisión sobre la aplicación de las Directrices relativas a la divulgación de exposiciones no productivas y reestructuradas (Uradni list RS, n.º 146/22), que había transpuesto las directrices de la Autoridad Bancaria Europea sobre cómo los bancos deben divulgar información sobre las exposiciones no productivas y reestructuradas.

Con la derogación, los bancos supervisados por el Banco de Eslovenia ya no están obligados por esa decisión nacional de implementación, aliviando la carga de informes regulatorios vinculada a los préstamos dudosos.

La nueva decisión se fundamenta en dos instrumentos legales:

  • el tercer párrafo del artículo 13 de la Ley Bancaria (ZBan-4, Uradni list RS, n.º 15/26); y
  • el primer párrafo del artículo 31 de la Ley del Banco de Eslovenia (Uradni list RS, n.º 72/06 – texto consolidado, 59/11, 55/17 y 15/26 – ZBan-4).

Según el artículo 2 de la nueva decisión, esta entrará en vigor al decimoquinto día posterior a su publicación en el Boletín Oficial de la República de Eslovenia.

Simplificación regulatoria para los bancos

La revocación forma parte de una simplificación más amplia del marco de supervisión. En la misma edición del boletín, el Banco de Eslovenia adoptó por separado una decisión que aplica las directrices modificadas de la EBA sobre la definición de incumplimiento (EBA/GL/2026/05), que actualizan las directrices anteriores EBA/GL/2016/07 en virtud del artículo 178 del Reglamento (UE) n.º 575/2013.

Al eliminar la decisión de divulgación independiente para las exposiciones no productivas y reestructuradas, el banco central alinea los requisitos nacionales de información con el marco europeo en evolución, reduciendo la duplicidad para las instituciones de crédito, cajas de ahorro y cooperativas de crédito bajo su supervisión.

Para los lectores, el cambio significa que los bancos eslovenos se enfrentan a un conjunto de obligaciones de divulgación sobre préstamos problemáticos más ligero y coherente, mientras que el Banco de Eslovenia conserva sus poderes de supervisión en virtud de la Ley Bancaria y el Reglamento (UE) n.º 575/2013.


Fuente: Uradni list Republike Slovenije (Boletín Oficial de la República de Eslovenia), n.º 1426/2026, 15 de septiembre de 2026, Sección I, pág. 1 (referencia oficial: 2026-01-2086).