BOP de Lugo · 18 Aug 2026 · 12 vistas
Baleira aprueba definitivamente el reglamento del servicio Comer en Casa
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Baleira (Lugo) aprobó definitivamente el reglamento del programa “Xantar na Casa” (Comer en Casa), un servicio de comida a domicilio dirigido a personas mayores, dependientes y en riesgo de exclusión social. El acuerdo, adoptado inicialmente en sesión plenaria ordinaria el 3 de junio de 2026 y elevado a definitivo tras transcurrir el trámite de información pública sin alegaciones, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo número 187, del martes 18 de agosto de 2026, con la referencia R. 2206.
El texto, firmado por el alcalde Ángel Enrique Martínez-Puga López el 7 de agosto de 2026, desarrolla el convenio de colaboración suscrito el 7 de febrero de 2025 entre el Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar y el Ayuntamiento de Baleira. El servicio se articula con la colaboración de la Consellería de Política Social y complementa la ayuda en el hogar municipal, con el objetivo de mantener la autonomía de las personas y retrasar posibles institucionalizaciones.
Personas beneficiarias y requisitos
Podrán acceder al servicio las personas empadronadas y residentes en Baleira que cumplan alguno de estos requisitos:
- Personas mayores de 60 años con capacidad de autonomía personal limitada y sin red de apoyo.
- Personas dependientes que carezcan de apoyo familiar y requieran ayuda para preparar alimentos.
- Personas menores de 60 años en situación de exclusión social, evaluada técnicamente por los servicios sociales municipales.
Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento del año en el registro general del Ayuntamiento, de forma presencial o por sede electrónica, y deberán acompañarse de documentación como el DNI, la tarjeta sanitaria, el certificado de empadronamiento y, si es el caso, los certificados de discapacidad y dependencia.
Funcionamiento y financiación
Los almuerzos se entregarán un único día a la semana en bandejas individuales aptas para microondas, con primer plato, segundo plato y postre, y menús equilibrados y adaptables a las necesidades de cada usuario. La entrega se realizará preferentemente entre las 09.00 y las 14.30 horas, y las personas beneficiarias dispondrán de una línea telefónica de atención abierta los 365 días del año (900 400 429).
El servicio está financiado por tres partes:
- Aportación de la persona usuaria: 26,67 %.
- Aportación del Ayuntamiento: 26,67 %.
- Aportación de la Xunta al Consorcio: 46,66 %.
Las personas beneficiarias abonarán directamente a la empresa contratista, por adelantado, el importe de cada mensualidad en los diez primeros días de cada mes.
Derechos, obligaciones y bajas
El reglamento recoge los derechos de las personas usuarias, como el acceso sin discriminación, el trato digno, la confidencialidad de los datos y la posibilidad de dejar el servicio por voluntad propia. Entre las obligaciones figuran abonar la cuota mensual, informar de los cambios de situación y autorizar el acceso a la vivienda del personal repartidor.
Las bajas voluntarias o temporales deberán comunicarse al trabajador social con una antelación de 15 días naturales, y la suspensión temporal no podrá superar los 45 días salvo motivos justificados. El servicio podrá extinguirse por fallecimiento, renuncia, incumplimiento reiterado del pago de dos cuotas o cambio de domicilio a otro municipio, entre otras causas.
Relevancia para el municipio
La aprobación definitiva de este reglamento consolida en Baleira un servicio que responde a una necesidad detectada por los servicios sociales municipales: el creciente número de personas con dependencia que viven solas y con una alimentación inadecuada. Al garantizar una comida equilibrada en el propio domicilio, el programa contribuye a mejorar la calidad de vida de las personas mayores y en riesgo de exclusión, a dar respiro a las familias cuidadoras y a evitar ingresos innecesarios, en un municipio rural donde la dispersión y el aislamiento son factores clave.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Lugo, núm. 187, 18 de agosto de 2026, sección Concello de Baleira (referencia oficial: R. 2206).