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Diario Oficial de Extremadura · 02 Sep 2026 · 1 vistas

Badajoz abre información pública a la ampliación de olivar superintensivo

Por FactBox Admin

La Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio de la Junta de Extremadura ha sometido a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de ampliación de un olivar superintensivo que la promotora Nanzer, SL prevé ubicar en el paraje “Cincho de Enmedio”, en el término municipal de Badajoz. El anuncio, firmado el 30 de julio de 2026 por el director general de Gestión Sostenible y Política Forestal, Juan Eloy Rodríguez Ucedo, se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 170, de 2 de septiembre de 2026, y abre un plazo de 30 días para presentar alegaciones.

La iniciativa, tramitada con el expediente IA25/0849, se encuentra sujeta a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluida en el anexo I, grupo 1, punto c), del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, que modifica los anexos de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. El procedimiento se rige por el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El proyecto y su alcance

La actuación consiste en ampliar la concesión de aguas para riego 51/15 CONC(100/2025) para regar un olivar superintensivo. La superficie incluida en la concesión actual es de 90,87 hectáreas, que se ampliará en 20 hectáreas hasta alcanzar un total de 110,87 hectáreas de riego por goteo, sobre terrenos dedicados a olivar según el SIGPAC en las parcelas 8, 10, 11, 12 y 13 del polígono 674.

El agua para el riego procede de dos fuentes:

  • Aguas subterráneas, captadas mediante un sondeo ubicado en la propia finca, en la parcela 13 del polígono 674.
  • Aguas superficiales del río Guadiana, tomadas por el Canal de Montijo bajo la concesión 51/15, sin modificar el punto de toma, el caudal ni el volumen concedido.

Las aguas superficiales se acumulan en una balsa de regulación con capacidad de 3.000 m³ situada en la parcela 8, desde donde se bombearán hasta el cabezal de riego y se distribuirán a once sectores mediante una red de riego por goteo.

Órganos competentes

El otorgamiento de la concesión de aguas corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, mientras que la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario recae en la Dirección General de Regadíos e Infraestructuras Rurales de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural. La declaración de impacto ambiental corresponde a la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, conforme al artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril.

Cómo participar

Durante el plazo de 30 días, contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio, las personas físicas o jurídicas podrán examinar el estudio y presentar sugerencias y alegaciones. El documento estará disponible en la sede electrónica del órgano ambiental, en extremambiente.gobex.es, y las alegaciones podrán dirigirse al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, en los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009 y en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

La declaración de impacto ambiental que finalmente se emita producirá, en sus propios términos, los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los terrenos sobre los que se pretende implantar la actividad, según dispone el artículo 71.3 de la Ley 16/2015. La ampliación de este olivar superintensivo en la comarca de Badajoz, con su consiguiente demanda de agua para riego, convierte este expediente en un asunto de interés para agricultores, vecinos y colectivos ambientales de la zona, que disponen de un mes para hacer valer sus observaciones ante la administración autonómica.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 170, 2 de septiembre de 2026, sección IV (Anuncios) (referencia oficial: 2026081468).