BOE · 01 Aug 2026 · 5 vistas
Ayudas por 18 millones para llevar el 5G a municipios sin señal
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial del Estado (BOE) número 187, de 1 de agosto de 2026, publica la Orden TDF/812/2026, de 28 de julio, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, por la que se establecen las bases reguladoras y la primera convocatoria de las ayudas 5G Redes muy rurales, dotadas con 17.983.394,14 euros. El objetivo es dotar de servicios móviles con tecnología 5G a las zonas del país donde ningún operador ofrece señal 4G o 5G, con fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y de los Presupuestos Generales del Estado.
La medida, incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio para 2025-2027, se enmarca en la Agenda España Digital 2026 y en el programa Plurirregional España FEDER 2021-2027, dentro del objetivo específico «Mejorar la conectividad digital». Complementa los programas anteriores UNICO 5G Redes Activas y UNICO 5G Redes Backhaul, y busca cerrar las brechas digitales y territoriales en zonas muy rurales donde la cobertura no es rentable en condiciones comerciales.
Zonas elegibles y proyectos financiables
Serán elegibles las zonas con construcciones que carecen de señal de cualquier red 4G o 5G, o donde no esté previsto un despliegue comercial en tres años. Quedan excluidas las zonas con obligaciones de cobertura y las ya atendidas por UNICO 5G Redes Activas en 2023 y 2024.
Las ayudas financiarán los siguientes conceptos:
- Equipamiento activo 5G (unidad de banda base, unidad de radio y antenas).
- Refuerzo de torres y mástiles existentes y construcción de nuevos emplazamientos.
- Conexión de retorno o backhaul por fibra óptica o radioenlace de alta capacidad.
- La infraestructura resultante deberá prestar servicio durante al menos diez años, con obligaciones de acceso mayorista para otros operadores.
Financiación y distribución territorial
La cuantía máxima de la convocatoria asciende a 17.983.394,14 euros: 15.649.770 euros de fondos FEDER y 2.333.624,14 euros de presupuesto nacional, con posibilidad de ampliación hasta 33.222.971,14 euros. La distribución por ámbitos de concurrencia es la siguiente:
- Galicia: 5.010.238,23 €
- Castilla-La Mancha: 3.606.522,64 €
- Canarias: 3.507.263,09 €
- Murcia: 2.226.815,41 €
- Asturias: 824.596,35 €
- Castilla y León: 287.074,37 €
- Extremadura: 187.259,91 €
- Ámbito no FEDER (comunidades y ciudades autónomas sin senda FEDER): 2.333.624,14 €
Quiénes pueden solicitar las ayudas y cómo
Podrán ser beneficiarios los operadores debidamente habilitados con derechos de uso de frecuencias aptas para 5G, mediante un procedimiento abierto en régimen de concurrencia competitiva por ámbito de concurrencia. Los proyectos podrán ejecutarse hasta el 31 de diciembre de 2029, con pago anticipado de la ayuda y, para los territorios con senda FEDER, anticipo reembolsable a tipo de interés cero.
- Tramitación electrónica obligatoria en el registro del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
- Plazo de solicitud: hasta las 23:59 horas del 10 de septiembre de 2026.
- Intensidad máxima de ayuda: 90 % de los costes subvencionables.
- Un mismo operador puede resultar primer beneficiario en un máximo de cinco ámbitos de concurrencia, y en el ámbito no FEDER la ayuda por comunidad autónoma no podrá superar el 50 % de la dotación.
- Las comunidades autónomas y entidades locales podrán ofrecer ventajas a los solicitantes para incentivar la cobertura de zonas de su territorio.
Una oportunidad para el rural
La convocatoria abre una ventana de oportunidad para los municipios rurales y sus habitantes, que podrán acceder a servicios digitales hasta ahora inaccesibles: teletrabajo, telemedicina, educación en línea o tramitación administrativa sin desplazamientos. Al atraer y retener población y actividad económica, el programa contribuye directamente a combatir el reto demográfico y a reducir la brecha digital de género y territorial, uno de los objetivos estratégicos de la Unión Europea para la Década Digital 2030.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 187, sábado 1 de agosto de 2026, Sección III, pág. 108603 (referencia oficial: BOE-A-2026-16838).