Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 14 Sep 2026 · 3 vistas
Ayudas Feader para el pastoreo controlado contra incendios en Castilla-La Mancha
Por FactBox Admin

La Viceconsejería de Medio Ambiente de la Consejería de Desarrollo Sostenible ha convocado para el año 2026 las ayudas destinadas al mantenimiento de la Red de Áreas de Defensa (RAD) contra incendios forestales mediante pastoreo controlado en Castilla-La Mancha. La convocatoria, firmada el 5 de septiembre de 2026 por el viceconsejero José Almodóvar Aráez, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 176, de 14 de septiembre de 2026, con referencia oficial [2026/6580] y extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS 928405).
Las ayudas se tramitan en régimen de concurrencia competitiva y cuentan con un crédito de 360.000 euros, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en un 80%, por la Administración General del Estado en un 6% y por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el 14% restante. El importe podrá incrementarse motivadamente en hasta 65.000 euros adicionales si se produce una ampliación de crédito antes de resolver la concesión.
Marco normativo y objeto
La convocatoria se enmarca en la intervención 6881.2 “Inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales” del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea de 31 de agosto de 2022. Sus bases reguladoras se recogen en la Orden 145/2024, de 16 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
El objetivo es fomentar el pastoreo con ganado controlado en zonas estratégicas de la RAD para reducir el riesgo de incendios forestales y contribuir a la conservación y estabilidad de los montes y sistemas agroforestales. Las zonas de actuación, ofertadas por provincia y superficie en el anexo I, pueden consultarse en el visor web de pastoreo controlado de zonas RAD.
Beneficiarios y requisitos
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y unidades económicas titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Castilla-La Mancha. Deben cumplir, entre otros, estos requisitos:
- Ser titular de una explotación ganadera extensiva de ovino, caprino, bovino o equino inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- Disponer de licencia o autorización de aprovechamiento forestal de pastos en los montes gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal, la Junta de Comunidades y la Seguridad Social.
La ayuda consiste en un importe por hectárea pastoreada, con una intensidad del 100% del coste subvencionable. Para ser financiable, la solicitud debe alcanzar una puntuación mínima de 10 puntos según los criterios de selección de la orden reguladora.
Plazos y procedimiento
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las solicitudes se presentan en la sede electrónica de la Junta de Comunidades (www.jccm.es), de forma telemática con firma electrónica para personas jurídicas.
La resolución se dictará en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. La justificación y solicitud de pago deberá presentarse antes del 31 de octubre del año de ejecución, y los trabajos deben finalizar antes del 30 de junio o del inicio de la época de peligro extremo de incendios según el Plan Infocam, bajo penalizaciones.
Relevancia
Estas ayudas consolidan el pastoreo controlado como herramienta de gestión forestal preventiva frente a los incendios, un instrumento clave en una comunidad autónoma con amplia superficie forestal y alto riesgo estacional. Al vincular la ganadería extensiva con la conservación de los montes, la convocatoria refuerza a la vez la prevención de daños forestales y el mantenimiento de la actividad ganadera en el medio rural.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 176, 14 de septiembre de 2026, sección III (Consejería de Desarrollo Sostenible), pág. 31886 (referencia oficial: [2026/6580]).