BOE · 04 Aug 2026 · 5 vistas
Ayudas contra los daños de los incendios
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial del Estado (BOE) número 189, de 4 de agosto de 2026, publica la Resolución de 30 de julio de 2026 de la Secretaría General de Coordinación Territorial, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (referencia BOE-A-2026-16992), por la que se asigna un total de 3.745.154,38 euros en subvenciones a diputaciones provinciales y administraciones de comunidades autónomas uniprovinciales para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y en la red viaria provincial e insular.
Las ayudas, que cubren el 50% del coste subvencionable de cada proyecto, se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 22.02.942A.767.05 de los Presupuestos Generales del Estado y amparan obras por un presupuesto conjunto de 8.610.156,81 euros. La resolución trae causa del Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2025, que declaró «zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado por los incendios forestales y otras emergencias acaecidas entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025, y se tramita conforme a la convocatoria aprobada por Resolución de 29 de diciembre de 2025 (extracto publicado en el BOE de 31 de diciembre de 2025) y a las bases de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero.
Según el anexo I de la resolución, los fondos se distribuyen entre entidades de Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid y Región de Murcia. Galicia (1.462.253,24 euros), Castilla y León (779.014,99 euros) y Cataluña (602.204,26 euros) concentran las mayores asignaciones, destinadas a reparar carreteras locales, caminos y equipamientos de ayuntamientos como Tarazona, Medina del Campo, Carballeda de Avia o Cangas del Narcea, entre otros.
Las entidades beneficiarias dispondrán de un plazo máximo de tres meses desde la publicación para remitir el certificado de adjudicación de cada proyecto de obra; su falta en plazo y forma supondrá la pérdida del derecho al cobro total de la subvención asignada. El derecho al cobro queda además condicionado al cumplimiento del objeto de los proyectos y de las reglas de las bases reguladoras. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, desestima asimismo las solicitudes relativas a los proyectos relacionados en su anexo II —como los de Jabugo (Huelva), Cangas del Narcea o Caravaca de la Cruz— por motivos como la falta de acreditación de la titularidad de los bienes o la ausencia de relación causal directa con el episodio catastrófico.