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Diario Oficial de Extremadura · 26 Aug 2026 · 5 vistas

Autorizado el olivar en la Red Natura 2000 de Torrecilla

Por FactBox Admin

La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio ha formulado un informe de impacto ambiental favorable al proyecto de cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola para plantación de olivar promovido por Cristian Domínguez Sánchez en el término municipal de Torrecilla de los Ángeles (Cáceres). La resolución, firmada el 17 de agosto de 2026, concluye que no es previsible que la actuación produzca impactos adversos significativos sobre el medio ambiente y que no procede someterla a evaluación de impacto ambiental ordinaria. El documento se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 165, de 26 de agosto de 2026, con referencia 2026062181 y expediente IA25/1187.

La actuación afecta a 9,49 hectáreas de pastizal y matorral con arbolado diseminado de pino resinero (Pinus pinaster), que se transformarán en olivar de secano con marco de plantación de 6 x 6 metros. El objetivo declarado es aumentar la rentabilidad de la explotación. La finca se sitúa a 1,80 kilómetros al sureste del núcleo urbano, en la cuenca de la Confederación Hidrográfica del Tajo, y está incluida en la Red Natura 2000, dentro de la Zona de Especial Conservación (ZEC) Sierras de Risco Viejo (ES4320047).

Tramitación y consultas

La solicitud de evaluación ambiental simplificada se presentó el 11 de diciembre de 2025 ante la entonces Dirección General de Sostenibilidad, y las consultas a administraciones y entidades se realizaron el 26 de enero de 2026. Respondieron seis organismos, entre ellos:

  • Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
  • Confederación Hidrográfica del Tajo
  • Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
  • Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales
  • Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
  • Servicio de Ordenación y Gestión Forestal

No consta respuesta de entidades como Greenpeace, AMUS, Ecologistas en Acción, Adenex o SEO-Bird/Life, entre otras consultadas.

Informes favorables y condiciones

El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informó favorablemente la actividad en su informe de afección a la Red Natura 2000 (CN26/0617/03), al considerar que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares protegidos ni a especies o hábitats significativos. El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal también emitió informe favorable el 22 de junio de 2026. El informe incorpora un extenso condicionado que incluye:

  • Respetar los pies de quercíneas y no plantar olivos a menos de 8 metros de las encinas.
  • Mantener una distancia mínima de 5 metros a la vegetación forestal de la linde.
  • Conservar íntegramente las lindes naturales y los elementos del paisaje agrario.
  • Retirar los restos vegetales en un plazo máximo de dos meses y antes de la época de peligro alto de incendios.
  • Cumplir la normativa de prevención de incendios (planes INFOEX y PREIFEX) y de protección de aguas frente a nitratos.

Vigencia y alcance

El informe de impacto ambiental perderá su vigencia si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se autoriza el proyecto en el plazo de cuatro años. El documento se emite a los solos efectos ambientales, sin perjuicio de las autorizaciones sectoriales que correspondan, entre ellas la de cambio de uso de suelo forestal que debe otorgar la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural conforme al Decreto 57/2018. El informe no es recurrible en vía administrativa, sin perjuicio de los recursos que procedan contra el acto de autorización.

La resolución, firmada por el director general Juan Eloy Rodríguez Ucedo, evidencia la tensión entre el impulso agrícola y la conservación de espacios protegidos: aunque la finca se ubica en una ZEC, el órgano ambiental considera que la actuación, en zona de interés y sin valores naturales constatados en las parcelas, es compatible con la Red Natura 2000 siempre que se cumplan las medidas impuestas. La decisión sienta un precedente relevante para futuras transformaciones de monte en olivar dentro de espacios de la red europea en Extremadura.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 165, 26 de agosto de 2026, sección III Otras Resoluciones (referencia oficial: 2026062181, expte. IA25/1187).