BOE · 21 Aug 2026 · 12 vistas
Autorizada una batería de 43,9 MW para el parque solar Covatillas 3
Por FactBox Admin

La Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha otorgado a Planta Solar OPDE 25, SL la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del módulo de almacenamiento por baterías «Hibridación Covatillas 3», de 43,90 MW de potencia instalada. La decisión, adoptada mediante resolución de 31 de julio de 2026, se publica en el Boletín Oficial del Estado número 205, de 21 de agosto de 2026, con referencia BOE-A-2026-18008.
El proyecto permitirá hibridar el parque solar fotovoltaico existente «Covatillas 3», de 48,118 MW, situado en el término municipal de Castillejo de Iniesta, en la provincia de Cuenca, conformando una instalación híbrida de 92,018 MW de potencia instalada. La planta fotovoltaica está inscrita de forma definitiva en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica con el número RE-115326 y cuenta con permiso de acceso y conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica Minglanilla 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Un almacenamiento de 300 MWh con baterías LFP
El módulo de almacenamiento empleará baterías de litio-ferrofosfato (LFP) con una capacidad de 300 MWh y una duración de seis horas. La explotación permitirá tanto almacenar la energía procedente de la planta fotovoltaica como la adquirida de la red, para su posterior gestión y entrega a la misma.
- Potencia instalada de almacenamiento: 43,90 MW.
- Capacidad de almacenamiento: 300 MWh, con duración de seis horas.
- Inversores: 10 inversores CC/CA, con potencia nominal de 4,39 MVA.
- Capacidad de acceso de generación: 41,7 MW; de consumo: 43,9 MW.
- Línea de evacuación a 30 kV, con una longitud de 679 m, hasta el centro de seccionamiento de la subestación El Monegrillo 132/30 kV.
Tramitación y marco normativo
El expediente se incoó en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca y se tramitó conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. La solicitud inicial, presentada el 4 de abril de 2025, fue sometida a información pública el 16 de marzo de 2026 en el BOE y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, sin que se recibieran alegaciones.
La tramitación se acogió a la exención de evaluación ambiental simplificada prevista en el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, que exime de este trámite a las hibridaciones de módulos de almacenamiento en los supuestos recogidos. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental acordó la terminación del procedimiento el 16 de febrero de 2026.
Plazos y condiciones
La autorización de construcción se concede con condiciones especiales, entre ellas la obligación de dar cuenta de la terminación de las obras al órgano competente provincial para la obtención de la autorización de explotación. El promotor podrá solicitar la extensión del plazo para cumplir los hitos del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, sin que la fecha máxima para la autorización de explotación definitiva supere el 31 de diciembre de 2030.
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes. La firma el director general de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
Un impulso al almacenamiento renovable
La autorización refuerza el papel del almacenamiento energético como pieza clave de la transición renovable, al permitir que la energía solar generada en horas de sol se gestione y entregue a la red cuando más se necesita. Con una capacidad de 300 MWh, el módulo de Covatillas 3 contribuirá a la estabilidad del sistema eléctrico y a la integración de renovables en la provincia de Cuenca.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 205, 21 de agosto de 2026, Sec. III, pág. 116012 (referencia oficial: BOE-A-2026-18008).