BOE · 28 Oct 2026 · 5 vistas
Autorizada la central hidráulica reversible de Los Guájares en Granada
Por FactBox Admin

La Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha otorgado a Hidroeléctrica Los Guájares, SLU la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la central hidráulica reversible «Los Guájares», con 356,93 MW de potencia de turbinación y 363,99 MW de bombeo, y de su infraestructura de evacuación. La decisión se publica en el Boletín Oficial del Estado núm. 267, de 28 de octubre de 2026 (Sec. III, pág. 144083), mediante la Resolución de 16 de septiembre de 2026 con referencia BOE-A-2026-22600. La instalación se ubica en los términos municipales de Vélez de Benaudalla, El Pinar y Los Guájares, en la provincia de Granada.
Un expediente iniciado en 2020 y con cambio de promotor
El procedimiento arranca con la solicitud presentada el 23 de diciembre de 2020 —subsanada el 18 de febrero de 2021— por Villar Mir Energía, SLU para una central hidráulica reversible con 339,95 MW de turbinación y 403,52 MW de bombeo. El 1 de septiembre de 2025 el promotor comunicó el cambio de denominación social a Hidroeléctrica Los Guájares, SLU.
El expediente se tramitó en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada, conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. La información pública se publicó el 28 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada» y el 7 de junio de 2021 en el Boletín Oficial del Estado, sin que se presentaran alegaciones.
La evaluación ambiental concluyó con declaración de impacto ambiental favorable, concretada en la Resolución de 12 de agosto de 2025 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, publicada en el BOE núm. 203, de 23 de agosto de 2025. El aprovechamiento hidroeléctrico en el embalse de Rules fue concedido por resolución de 16 de junio de 2020 de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió informe a través de su Sala de Supervisión Regulatoria el 5 de febrero de 2026.
Las cifras del almacenamiento
El proyecto refundido de marzo de 2026 eleva la potencia de turbinación respecto al diseño original y reduce la de bombeo. Los parámetros recogidos en la resolución son:
- Potencia de turbinación: 356,93 MW; potencia de bombeo: 363,99 MW.
- Capacidad de acceso otorgada por Red Eléctrica de España, SAU: 356,872 MW en generación y 364 MW en demanda.
- Balsa inferior: embalse de Rules, con niveles de operación entre +243,30 y +195 metros.
- Balsa superior: 1,4 hm³ de capacidad y cotas de explotación entre +833 y +823,50 metros.
- Salto bruto máximo de 638 metros y energía almacenada de 1,47 GWh.
- Caudal de turbinación de 66,24 m³/s y de bombeo de 50,30 m³/s, con 6 horas de turbinación continua máxima.
- Central en caverna de 52,40 × 36,4 × 44,04 metros, con dos turbinas Francis reversibles de eje vertical a 600 rpm y dos alternadores síncronos de 225 MVA a 15 kV.
- Línea aérea de evacuación a 220 kV hasta la subestación Mizán, de 6.662 metros y 25 apoyos.
Evacuación compartida y condicionantes
La energía se evacuará mediante una línea subterránea de 220 kV hasta la subestación «SE CHR Los Guájares 220 kV», en Vélez de Benaudalla, y desde allí hasta la SET Mizán. El 5 de mayo de 2026 varios promotores, entre ellos Hidroeléctrica Los Guájares, SLU, firmaron un acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada en la subestación Saleres 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Durante la tramitación, Enagás, SA advirtió afecciones al gasoducto Granada-Motril, resueltas con el desplazamiento de los apoyos 8 y 16, y Endesa Energía, SA señaló posibles impactos sobre la central y el canal de Ízbor. La resolución exige informes favorables de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Granada y de la Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Junta de Andalucía para el proyecto constructivo, además de prospecciones florísticas y faunísticas, control arqueológico y medidas de restauración.
Plazos y recurso
Conforme al artículo 28 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, modificado por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, el plazo total para obtener la autorización de explotación no podrá superar los doce años desde los permisos de acceso y conexión. Por resolución de 21 de julio de 2025 se amplió el hito administrativo del proyecto hasta el 24 de junio de 2032.
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. El texto está firmado por el Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
Impacto para el sistema eléctrico
La autorización consolida uno de los mayores proyectos de bombeo reversible autorizados en España, con casi 357 MW de generación y 1,47 GWh de energía almacenada, una tecnología clave para gestionar los excedentes renovables y aportar respaldo al sistema. El visto bueno llega tras casi seis años de tramitación y con un calendario que fija 2032 como fecha límite para acreditar la puesta en explotación, lo que condiciona la ejecución efectiva de la obra en la comarca granadina.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 267, de 28 de octubre de 2026, Sec. III, pág. 144083 (referencia oficial: BOE-A-2026-22600).