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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 14 Sep 2026 · 3 vistas

Asturias y el Estado negocian las discrepancias de la Ley de Cooperativas

Por FactBox Admin

Asturias y el Estado negocian las discrepancias de la Ley de Cooperativas

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Principado de Asturias ha acordado iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas sobre los artículos 21, 125, 128, 132 y 136 de la Ley del Principado de Asturias 4/2026, de 28 de mayo, de Cooperativas. El acuerdo, adoptado por el órgano de cooperación entre ambas administraciones, se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 177, de 14 de septiembre de 2026, mediante resolución de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo.

La publicación se ordena por la Resolución de 7 de septiembre de 2026, firmada por la consejera Gimena Llamedo González, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero. El documento lleva el código oficial 2026-07450.

Un mecanismo para evitar el recurso de inconstitucionalidad

El acuerdo se enmarca en el procedimiento previsto en la legislación del Tribunal Constitucional para que el Estado y las comunidades autónomas resuelvan sus discrepancias sobre normas autonómicas antes de acudir a la vía jurisdiccional. La Comisión Bilateral de Cooperación actúa como instancia de diálogo entre ambas administraciones para tratar de alcanzar una solución negociada.

El texto del acuerdo recoge tres decisiones principales:

  • Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias sobre los artículos 21, 125, 128, 132 y 136 de la Ley 4/2026.
  • Designar un Grupo de Trabajo que proponga a la Comisión Bilateral la solución que proceda.
  • Comunicar el acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, a los efectos contemplados en el propio precepto.

Publicación en ambos boletines oficiales

El acuerdo contempla además su inserción tanto en el Boletín Oficial del Estado como en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, garantizando así su difusión a nivel estatal y autonómico. La resolución de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, firmada en Oviedo el 7 de septiembre de 2026, ordena expresamente la publicación del acuerdo como anexo.

Impacto para el sector cooperativo

La Ley 4/2026, de 28 de mayo, de Cooperativas constituye el marco normativo autonómico que regula el funcionamiento de las cooperativas en Asturias. Las discrepancias sobre los artículos señalados afectan a aspectos concretos de la norma, cuya resolución condicionará la aplicación efectiva de la ley al sector cooperativo asturiano.

Si las negociaciones no alcanzan un acuerdo, el expediente podría trasladarse al Tribunal Constitucional, que decidiría sobre la constitucionalidad de los preceptos cuestionados. El desenlace de este proceso determinará la seguridad jurídica de las cooperativas del Principado y el equilibrio competencial entre el Estado y la comunidad autónoma.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 177, de 14 de septiembre de 2026, I. Principado de Asturias, Otras Disposiciones, pág. 1 (referencia oficial: 2026-07450).