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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 21 Aug 2026 · 7 vistas

Asturias exime del pago de matrícula a las enseñanzas artísticas superiores

Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado el Decreto 53/2026, de 10 de agosto, por el que se modifica por cuarta vez el Decreto 43/2004, de 20 de mayo, que regula los precios públicos de las enseñanzas artísticas de régimen especial. La norma, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 162 de 21 de agosto de 2026 (referencia 2026-06991), exime del pago de los precios públicos de matrícula al estudiantado de grado en enseñanzas artísticas superiores matriculado en centros públicos, equiparándolos así al estudiantado universitario.

La medida, impulsada a propuesta conjunta del Consejero de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos y de la Consejera de Educación, y acordada en la reunión del Consejo de Gobierno de 10 de agosto de 2026, se apoya en la Ley 1/2024, de 7 de junio, de Educación, que reconoce al estudiantado de estas enseñanzas el derecho a acceder en las mismas condiciones que el universitario al sistema de becas y ayudas al estudio. El decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación y se aplica a todo el estudiantado que se matricule en el curso académico 2026-2027.

Alcance de la exención

El nuevo artículo 7 del decreto regula la exención de la obligación de pago de los precios públicos de matrícula en las enseñanzas conducentes al título de grado en enseñanzas artísticas superiores, con tres supuestos diferenciados:

  • Estudiantado de nuevo ingreso: exención del precio público de la totalidad de los créditos matriculados (60 ECTS) en el primer curso.
  • Estudiantado de continuidad con matrícula completa: exención de la primera matrícula en un número de créditos igual a los aprobados en primera matrícula el curso anterior, siempre que se haya superado al menos el 90% de los 60 ECTS.
  • Estudiantado de continuidad con matrícula parcial: exención para quienes se matriculen entre 30 y 59 ECTS, habiendo superado en primera matrícula la totalidad de los créditos en que estuvieran matriculados.

Requisitos y limitaciones

La exención se articula en coordinación con el sistema de becas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. El estudiantado deberá acreditar la solicitud de beca para el curso en que formaliza la matrícula o presentar una declaración responsable de no cumplir los requisitos económicos para su obtención, conforme al artículo 69 de la Ley 39/2015.

La medida no se aplicará a quienes ya estén en posesión de un título oficial de Grado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalentes, y se limitará a los precios correspondientes a los créditos en primera matrícula, sin que pueda dar lugar a devolución de importes. En el documento de matrícula deberá constar la cuantía de la exención, con la indicación de que se trata de una exención concedida por la Administración del Principado de Asturias.

Precios que quedan exentos

El anexo del decreto fija los precios por crédito en primera matrícula que quedarán exentos para el estudiantado de grado:

  • Música (Grado Superior): 14,32 € por crédito.
  • Arte Dramático (Estudios Superiores): 12,56 € por crédito.
  • Conservación y Restauración de Bienes Culturales: 12,56 € por crédito.
  • Diseño (Estudios Superiores): 8,65 € por crédito.

La medida, firmada en Gijón por el Presidente del Principado de Asturias, Adrián Barbón Rodríguez, y la Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González, equipara por primera vez a las enseñanzas artísticas superiores con los estudios universitarios de grado en materia de gratuidad, un paso que beneficiará a miles de estudiantes asturianos y que refuerza el acceso a la formación artística en igualdad de condiciones.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 162 de 21 de agosto de 2026, I. Disposiciones Generales, pág. 1-4 (referencia oficial: 2026-06991).